Viernes 19 de abril | Mar del Plata
28/12/2019

Pirotecnia sonora: el gobierno nacional prohibió su uso en actos públicos

Tal como rige en General Pueyrredon desde hace una semana, ahora promueven su prohibición desde el Estado nacional.

Pirotecnia sonora: el gobierno nacional prohibió su uso en actos públicos
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Semanas atrás, a través de un decreto del Concejo Deliberante y con el impulso del intendente Guillermo Montenegro, se prohibió el uso y la venta de pirotecnia en todo el partido de General Pueyrredon. Ahora esta medida también se va a aplicar a nivel nacional, concretamente en todos los actos públicos. A través de la medida, el Ejecutivo busca que el resto de las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires se sumen.

El gobierno nacional publicó este sábado en el Boletín Oficial la prohibición de compra y uso de pirotecnia sonora para todos los actos públicos organizados por el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata del decreto 96/2019, firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié.

“Prohibiese la adquisición y uso por parte del Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la Ley N°24.156, de artículos y de artificios de pirotecnia, estruendo o sonoros en los eventos y/o espectáculos que organice”, indica el primer artículo de la normativa que ya rige en todo el país.

Según publicó Télam, en el segundo artículo aclara que se excluye de este decreto a “aquellos artificios pirotécnicos y/o explosivos utilizados para emitir señales de auxilio, emergencia o lucha antigranizo, aquellos que sean de uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o acciones de defensa civil y los destinados al uso industrial, minero u otra actividad extractiva”.

Por otra parte, esta medida, en su tercer artículo, invita “a adherir a la presente medida a las provincias, a la ciudad autónoma de Buenos Aires y a las municipalidades”, y precisó que la prohibición entró en vigencia, este sábado a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

En consonancia, el Poder Ejecutivo señaló que “la Constitución Nacional establece en su artículo 41 que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

Y por último explican: “Existen diversos estudios científicos que permiten comprobar que el uso de sus artículos y artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros afecta la calidad auditiva de la población, en particular de los sectores más vulnerables de la sociedad entre los que se encuentran los niños y los ancianos, así también como la fauna y el ambiente en general”.

 

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28/12/2019