Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
19/11/2019

Tenencia de perros: por decreto, Arroyo agrava las sanciones

El jefe comunal presentó un decreto que endurece las multas por incumplir requisitos a la hora de tener “perros potencialmente peligrosos”. En algunos casos superan los $100 mil.

Tenencia de perros: por decreto, Arroyo agrava las sanciones
(Foto: prensa MGP)

Tal como lo había adelantado meses atrás luego de los diversos hechos de mordeduras de perros, el intendente Carlos Arroyo presentó este martes un decreto que agrava fuertemente las sanciones a los dueños que no cumplan con los requisitos para tener razas de perros consideradas “potencialmente peligrosas”. Las sanciones, expresadas en el valor del litro de nafta, superan en algunos casos los $100 mil.

En una conferencia realizada este martes en el despacho principal, Arroyo presentó y difundió el decreto que tiene fecha del pasado 30 de octubre y que se basa, fundamentalmente, en una ordenanza vigente desde 2014 -la 22.031– aunque le agrega algunos puntos en torno a los requisitos a la hora de tener perros considerados “potencialmente peligrosos” y, fundamentalmente, establece duras sanciones para los incumplimientos.

El decreto postula sanciones y multas que superan en algunos casos los $100 mil, expresados en el valor del litro de nafta premium de YPF que esté vigente a la hora en que se apliquen las mismas. La norma no solamente regula la tenencia de animales “potencialmente peligrosos” sino también la tenencia de todos los perros en general.

Arroyo anunció que para la elaboración del decreto se llevó a cabo una revisión de la legislación vigente y lo que se hizo fue “actualizar sanciones” que pasan a ser “muy importantes”, según consideró. Asimismo, sostuvo que tener “un perro con fuerza mandibular importante, equivale a tener un arma”.

“La problemática ha motivado la generación de legislación nacional y provincial muy importante como asimismo legislación municipal, como por ejemplo las ordenanzas 22.031 y 24.113. No obstante su correcta y acertada redacción, no han logrado a la fecha la aplicación efectiva que de ellas se esperaba”, sostiene la introducción del decreto.

En detalle, uno de los requisitos que agrega para los casos de “tenencia de perros potencialmente peligrosos” a los ya exigidos por la ordenanza -como la inscripción en un registro de propietarios y la colocación de un microchip– es que para lograr tener un permiso para ser propietario de un perro de ese tipo no se deberá tener “antecedentes por infracciones graves relacionadas con la tenencia de animales” para lo cual “los Juzgados Municipales de Faltas con competencia emitirán el certificado de libre deuda en relación a infractores referentes al presente decreto”

Asimismo, quienes quieran tener animales de las razas consideradas “potencialmente peligrosas” deberán obtener un “certificado psicofísico expedido por profesionales de la salud, declarando la aptitud del solicitante para ejercer la propiedad o tenencia del animal”.

“El solicitante deberá cumplimentar la siguiente exigencia: asistir y completar el curso que se brindará en relación la temática de tratamiento de este tipo de animales vinculada -entre otros aspectos- a saberes básicos de manejo y control de los mismos”, plantea el decreto a diferencia a la actual ordenanza vigente y estipula que el curso será dictado por el Centro Municipal de Zoonosis.

En torno a las multas por los incumplimientos a los puntos normandos por el decreto -muchos ya regulados por la ordenanza vigente desde 2014- las mismas están contempladas por US (unidades de sanción): cada US equivale al precio en el mercado -a la fecha de la sanción- de un litro de nafta clase premium de la petrolera YPF.

Bajo esos parámetros se establecen sanciones que van desde las 100 US hasta las 2000 US, según los casos. Eso, llevado al valor de mercado actual de $62 el litro se traduce en multas que van actualmente desde los $6 mil y hasta más de $120 mil.

Otro de los requisitos que modifica el decreto en torno a la ordenanza aprobada en 2014 es que a la hora de tener un perro considerado “potencialmente peligroso” se deberá circular por la vía pública con una correa “no mayor a un metro de longitud”, cuando hasta ahora era de dos metros, aunque se mantienen los requerimientos de llevar colocados también un collar de ahorque y bozal.

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19/11/2019