Viernes 19 de abril | Mar del Plata
01/01/2021

Por ordenanza, se creó el “Circuito Cultural a Cielo Abierto”: qué establece

El Concejo Deliberante aprobó esta semana el proyecto con algunas modificaciones. El programa apuesta al desarrollo y fomento del arte en espacios públicos.

Por ordenanza, se creó el “Circuito Cultural a Cielo Abierto”: qué establece
(Foto: ilustrativa/ Qué digital)

La temporada de verano, inevitablemente está atravesada por la pandemia de coronavirus, y en este marco en el Concejo Deliberante esta semana se aprobó la ordenanza que crea el “Circuito Cultural a Cielo Abierto”, un programa que tiene como objetivo el desarrollo y fomento del arte en espacios públicos de Mar del Plata.

El martes, en la última sesión del año del Concejo Deliberante se aprobó por unanimidad –y con algunas modificaciones y aportes al texto original del Ejecutivo a través de la Secretaria de Cultura- la Ordenanza N°2002 que crea el programa “Circuito Cultural a Cielo Abierto”.

El programa está dirigido a artistas, trabajadoras y trabajadores de la cultura en Mar del Plata y Batán pero también a marplatenses y turistas que podrán acceder de forma gratuita a las propuestas.

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Según detalla el expediente, el programa tiene como principal objetivo “aportar al desarrollo y fomento de la cultura”. Además busca garantizar el acceso libre y gratuito a actividades artísticas y culturales, en tanto que pretende “valorar y fortalecer el trabajo de las y los artistas y hacedores culturales”. Y, dada la pandemia, tiene como objetivo planificar el desarrollo de actividades culturales con el “más estricto criterio de cuidado epidemiológico”.

En este sentido, la concejala del Frente de Todos Verónica Lagos, presidenta de la comisión de Educación y Cultura y autora del proyecto, previo a la votación, señaló las modificaciones que se sumaron tras las sugerencias que realizaron desde la Secretaría de Cultura.

Uno de los cambios que se sumó al texto tiene que ver con que el área asumió el compromiso de “garantizar la seguridad” en los distintos espacios, articulando con las áreas municipales que estén disponibles para esa tarea. Otra de las sugerencias tiene que ver con la parte técnica, que si bien el área “no podrá ofrecer recursos técnicos, se comprometió a brindar asesoramiento”.

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Por otro lado, en el artículo 8 se tuvo en cuenta la sugerencia que realizaron desde la área y se amplió la nomina de espacios públicos que integrarán el circuito, para realizar espectáculos en plazas, parques y espacios públicos a criterio de la Secretaría de Cultura. Asimismo, se podrán incorporar los corredores gastronómicos.

El proyecto señala que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Cultura, que además de implementar acciones para fomentar el programa deberá “convocar a colectivos culturales” para garantizar que tenga un desarrollo democrático.

A su vez el área tendrá que establecer un registro de postulantes de estas actividades, a través de un “padrón de artistas que deseen intervenir en el circuito” y tendrá que fijar todas las solicitudes con un “criterio de rotación”, priorizando el orden de inscripción y las necesidades técnicas, en lo que respecta a la elección de los lugares donde desarrollar la actividad. El padrón tendrá que incluir los datos de las o los artistas, y detalles acerca de las características del espectáculo.

En cuanto la Secretaría de Cultura brinde la autorización, las y los artistas tendrán un año para desarrollar la actividad.

A raíz de la emergencia sanitaria, el documento destaca que la distancia entre las propuestas culturales deberá ser “no menor a 100 metros” y en el caso de instalaciones perfomáticas que no tengan complejidades técnicas la distancia podrá ser de 50 metros.

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La norma establece que se deberán llevar a cabo campañas de información y difusión respecto de los diferentes espacios que componen este Circuito Cultural y la programación.

Por último, establece que el Departamento Ejecutivo deberá reglamentar esta ordenanza en un plazo no mayor a los veinte días desde su sanción.

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01/01/2021