Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
10/07/2022

Previaje 3: reglamento e inscripción de prestadores a la espera de más definiciones

El Ministerio de Turismo trazó las primeras medidas del programa aunque se esperan mayores detalles sobre el tiempo de implementación.

Previaje 3: reglamento e inscripción de prestadores a la espera de más definiciones
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Tras el éxito que representó en la primera y, sobre todo, en la segunda edición el gobierno nacional confirmó en las últimas semanas que habrá un “Previaje 3”, el programa que reintegra el 50% de los gastos realizados en actividades turísticas adheridas para reutilizar en el sector, y si bien aún restan confirmarse algunos puntos clave como las fechas en las que se podrá disfrutar del beneficio ya se conocen los primeros lineamientos del reglamento y está abierta la inscripción para los prestadores que deseen adherirse al programa.

Una de las principales novedades hasta el momento para el “Previaje 3″ es que desde el Ministerio de Turismo de la Nación definieron que el objetivo de esta edición será “incentivar escapadas durante las temporadas medias y bajas”. Todavía, no obstante, resta confirmarse los plazos en los cuales podrán ejecutarse los beneficios.

Por otro lado, ya está habilitada la inscripción para las prestadores que quieran participar de esta nueva etapa del programa, la cual “comenzará en breve” según definieron desde el Ministerio de Turismo.

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Para registrarse, deberán ingresar a www.previaje.gob.ar, a través de “Soy prestador”. Allí podrán observar el listado de códigos de AFIP habilitados para formar parte del programa y los respectivos topes de crédito que cada uno genera. Al ingresar con la clave fiscal e indicar el mail, deberán cliquear para registrarse y completar el formulario. Al indicar CUIT, la razón social aparecerá automáticamente. También hay que seleccionar el código de la AFIP con el que deseen registrarse, en caso de estar inscripto en más de uno.

Desde el Ministerio de Turismo recordaron que al inscribirse como prestador se asume el compromiso de aceptar pagos con la tarjeta Previaje en el comercio ya que puntualizaron que en esta edición no se aceptarán compras en efectivo. “Los servicios deben ser abonados mediante tarjeta de débito y/o crédito, billetera virtual o transferencia”, remarcaron.

Asimismo, y en cuenta a la inscripción de prestadores indicaron que es obligatoria aunque hayan participado de las ediciones anteriores. “Si no se registra, los clientes no podrán cargar sus comprobantes”, graficaron.

EL REGLAMENTO

En las últimas semanas el Ministerio de Turismo de la Nación publicó en el Boletín Oficial el reglamento que tendrá vigencia para el “Previaje 3” y en esa resolución se facultó a la Subsecretaría de Promoción Turística para que, entre otros puntos, establezca las fechas y plazos para la adquisición, concreción y acreditación de los servicios turísticos, de los que todavía se esperan definiciones.

De todas maneras, el reglamento describe que el objetivo del programa en esta oportunidad será “distribuir la demanda del turismo nacional con el fin de fortalecer la actividad turística en temporada baja” y describe que una vez más consiste “en el reconocimiento de un crédito por parte del Estado Nacional a favor de las personas humanas, equivalente al 50% del monto de cada operación de compra de servicios turísticos que estas realicen”.

Para formar parte como beneficiario o beneficiaria del programa las personas deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Código Único de Identificación Laboral (CUIL), y su identificación se realizará mediante la aplicación Mi Argentina. Asimismo, la web www.previaje.gob.ar será el único canal habilitado -a partir de cuando los dispongan las autoridades- para solicitar el beneficio.

Uno de los puntos del reglamento fija que las compras anticipadas acreditadas por las personas beneficiarias “deberán ser realizadas mediante transferencia bancaria, tarjeta de débito y/o crédito o billetera virtual habilitada para operar en el mercado nacional” y ratifica que “no se reconocerá crédito por servicios que hubieran sido pagados en efectivo”.

En torno a los montos mínimos, fija que no generarán beneficio aquellas compras anticipadas ni sus respectivos comprobantes que sean de un importe menor a $1.000, en tanto que el monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de una o más compras anticipadas para acceder al beneficio es de $10.000. A su vez, el monto máximo del crédito que un beneficiario podrá percibir es de $100.000.

Puntualmente las compras anticipadas en concepto de servicios de alojamiento, agencias de viajes y transporte podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta $ 100.000, mientras que las que sean en servicios de excursiones, servicios de centros de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal y/o similares, turismo aventura, ecoturismo o similares y otros centros de actividades vinculadas con el turismo y bodegas, jardines botánicos, zoológicos, parques de diversiones, parques temáticos, parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos podrán generar crédito por un monto total de $ 5.000.

Por su parte, fija que los usos del cupón de crédito alcanzarán a:

  • Servicios de alojamiento, agencias de viajes, transporte de larga distancia o para el turismo
  • Guías de turismo
  • Servicios de centros de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal y/o similares, turismo aventura, ecoturismo o similares y otros centros de actividades vinculadas con el turismo; alquiler de bienes como bicicletas, motocicletas, equipos de esquí, kayaks y otros artículos relacionados con el turismo
  • Bodegas, jardines botánicos, zoológicos, parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio, explotación de playas y parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos
  • Gastronomía: cafés, bares y confiterías, restaurantes
  • Actividad comercial en terminales de aeropuertos y zonas francas que dependan de la actividad turística
  • Servicios de salones de baile y discotecas
  • Productos regionales: cadena de elaboración del chocolate, helados, alfajores, cervezas artesanales y otros comestibles
  • Venta de artículos y artesanías regionales, venta de artículos y artesanías regionales en ferias, antigüedades, talabartería de cuero, plata, alpaca y similares
  • Cines, producción de espectáculos teatrales y musicales y servicios de agencia de venta de entradas.

En ese sentido, se establece que los cupones de crédito estarán disponibles para su utilización a partir de la fecha de prestación de los servicios y hasta el 31 de diciembre de 2022.

También se prevé que los cupones de crédito serán acreditados y utilizados a través de la tarjeta de pago precargada (“TTNE”) en su modalidad física y repara en que “en caso de que el Banco Nación manifieste la imposibilidad de cumplir con la impresión de TTNE se dispondrá la utilización de TTNE virtuales, que se utilizarán a través de la billetera electrónica (BNA+) de la referida entidad bancaria”.

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10/07/2022