Sábado 20 de abril | Mar del Plata
19/02/2022

“Transparencia activa” de los balnearios: se demora la publicación de información

La ordenanza que impone una serie de datos a publicar se aprobó hace casi un año. El Emtur dijo estar trabajando junto al área de Modernización para su concreción.

“Transparencia activa” de los balnearios: se demora la publicación de información
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

A pesar de su aprobación hace casi un año, la ordenanza N°25.052 de “Transparencia activa” que impone al gobierno municipal difundir íntegramente los detalles de los contratos de concesiones de las playas de Mar del Plata sigue sin cumplirse. Desde el Ente Municipal de Turismo (Emtur) argumentaron demoras a partir del formato en papel en que se encuentran muchos expedientes y en la falta de personal para llevar a cabo la tarea aunque anunciaron estar trabajando con la Subsecretaría de Modernización para “hacer amigable” el acceso a la información a través de la web.

En marzo del año pasado, y dos años después de la presentación del proyecto que perseguía la intención de poner fin a diversas irregularidades sucedidas en unidades turísticas fiscales (UTF) en los últimos años, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la ordenanza a partir de la cual el Emtur debe publicar información actualizada, detallada y accesible de las concesiones en vigencia sobre las playas y espacios públicos de Mar del Plata.

Sin embargo, y pese a reclamos de sus impulsores -como la Organización MAR- además de pedidos de informes, la ordenanza todavía no se cumple y solo se mantiene la publicación oficial de datos básicos de las concesiones vigentes en la costa de la ciudad que ya se encontraban en la web del Emtur antes de la sanción de la ordenanza.

En ese contexto, en su reciente paso por la comisión de Hacienda del Concejo Deliberante para exponer sobre el Presupuesto 2022, el presidente del Emtur, Bernardo Martín, fue consultado respecto a la demora en la difusión de los contratos vigentes con todas las características exigidas por la ordenanza, justificó su falta de publicación hasta el momento y anunció que con el nuevo presupuesto se encuentran trabajando junto al área de Modernización municipal en la digitalización de los expedientes “para hacer amigable la subida de esa información a la página”.

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En diciembre, Martín había respondido un pedido de informes elevado por el Concejo en el cual había sostenido que la información requerida eran “cuestiones que son generadas por la propia administración y otras generales y propias de los particulares involucrados (concesionarios)”, de las cuales “muchas han sido aportadas a través del tiempo y algunas son actualizadas en forma periódica” y reparó en que “en su gran mayoría han sido aportadas en formato papel”.

“El Emtur carece de partidas presupuestarias necesarias para la contratación, diseño, puesta en marcha, actualización y seguridad de los datos dentro de un sistema que permita cumplir con lo requerido, por lo que resulta necesario la intervención de otras áreas técnicas del Municipio que asesoren y aconsejen cuál es la mejor alternativa”, había respondido el funcionario previamente.

Los datos que la ordenanza exige que se difundan públicamente sobre cada una de las concesiones vigentes en la costa de Mar del Plata a cargo del Municipio son:

  • La ordenanza, resolución o decreto de adjudicación.
  • El proyecto adjudicado presentado por el concesionario al momento de la licitación.
  • Cualquier norma que implique una modificación al pliego de licitación.
  • Nombre del concesionario.
  • Canon base por pliego y método de actualización previsto además del canon percibido por temporada vigente.
  • Cantidad de unidades de sombra autorizadas para la temporada vigente y tomadas como referencia para el ajuste del canon, y precio promedio de las unidades de sombra por temporada vigente tomado como referencia para el ajuste del canon.
  • Obligaciones en materia de obras e infraestructura a cargo de cada concesionario, monto de inversión, cronograma de ejecución.
  • Evaluación y certificado de impacto ambiental completo.
  • Exigencia de accesibilidad comprometida según pliego.
  • Período de actividad del balneario e instalaciones, superficie ocupada por las unidades de sombra, cantidad de estacionamientos, servicio de guardavidas y cantidad de cestos de residuos y periodicidad de limpieza del sector de arena.
  • Plano que indique: superficie aproximada del lote de arena, porcentaje de espacio público/concesionado, baños públicos y accesibles, accesos públicos y accesibles, estacionamientos accesibles, sala de enfermería o primeros auxilios según pliego, ubicación de unidades de sombra (carpas y sombrillas), estacionamiento, unidades comerciales móviles (chiringos) y bajadas náuticas y superficie y ubicación destinadas a gastronomía, hotelería y recreación (piletas, plazas).
  • Infracciones impuestas por el Municipio por incumplimientos del pliego de licitación.

 

Actualmente la publicación de información sobre las UTF solo consta de un PDF actualizado, ubicado en la web del Emtur, y una solapa denominada “Playas” con datos turísticos y administrativos de los 47 kilómetros de costa de jurisdicción municipal.

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19/02/2022