Viernes 19 de abril | Mar del Plata
26/03/2021

Vuelos restringidos, hisopados pagos y controles: los detalles de las nuevas medidas

Este viernes se publicó en el Boletín Oficial la medida que entrará en vigencia el sábado y que, entre otros puntos, suspende vuelos a Brasil, Chile y México.

Vuelos restringidos, hisopados pagos y controles: los detalles de las nuevas medidas
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

El gobierno nacional publicó este viernes en el Boletín Oficial la resolución a través de la cual se suspendieron vuelos a Brasil, Chile y México y, además, se establecieron nuevos controles y protocolos para reducir la circulación de personas desde y hacia zonas con alta circulación de coronavirus y, sobre todo, de las nuevas cepas. Los detalles.

Tras el anuncio realizado este jueves, finalmente este viernes se publicó la medida firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, a través de la cual se detallan cada una de las nuevas restricciones de circulación internacional que entrarán en vigencia este sábado.

En el primero de los artículos, se deja en claro que los vuelos provenientes desde y hacia Brasil, Chile y México quedan suspendidos por tiempo indeterminado, al igual que ya regía para Gran Bretaña e Irlanda del Norte. A su vez, se reitera que las fronteras están cerradas para el ingreso de extranjeros con fines turísticos.

No obstante, aclararon que quedan exceptuados de la medida aquellos vuelos hacia Argentina que tengan fechas de regreso programadas hasta 48 horas después de la entrada en vigencia de la resolución, o bien vuelos programados que regresen con ciudadanos argentinos o extranjeros residentes.

El tercer artículo, además, menciona la situación de los viajes de egresados internacionales a destinos autorizados, cuyo desarrollo estará supeditado a la presentación y aprobación de protocolos sanitarios por parte del Ministerio de Turismo y Deportes y el Ministerio de Salud.

Asimismo, la resolución prevé limitar la cantidad de vuelos aerocomerciales a dos mil diarios y disminuirlos gradualmente, al igual que con el transporte marítimo y fluvial de pasajeros.

HISOPADOS PAGOS PARA INGRESAR

La resolución también amplió los requisitos establecidos para ingresar al país por parte de las personas autorizadas. Tal es así que deben someterse a una prueba a la hora de llegar al país y otra al séptimo día desde su ingreso como condición para finalizar el aislamiento obligatorio. Ambas pruebas, aclararon, deberán ser pagadas por los propios pasajeros y deben ser realizadas de modo que establezcan las autoridades.

Quienes den positivo en la primera de las pruebas realizadas, deberán realizar un testeo de PCR para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia y, también, realizar el aislamiento junto a sus contactos estrechos “en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales” al menos hasta garantizar un traslado seguro a sus correspondientes residencias y con el costo del aislamiento a cubrir por parte del pasajero.

En el caso de quienes den negativo en la primera prueba, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio por al menos siete días desde la toma de la muestra. En cambio, si dan positivo en el segundo testeo obligatorio para terminar el aislamiento, el laboratorio interviniente es quien debe tomar los recaudos para que la autoridad nacional secuencie genómicamente la muestre y se rastreen los contactos estrechos.

En el texto, además, se recuerda que la aplicación Cuidar es obligatoria para todas aquellas personas que ingresen al país.

En su artículo séptimo, la norma establece que el Ministerio de Salud, a partir de la información provista por la Dirección Nacional de Migraciones, coordinará el control del aislamiento y el seguimiento de los casos.

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26/03/2021