Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
30/11/2018

Arroyo quiere prohibir y secuestrar a caballos sueltos o mal cuidados

El Ejecutivo elevó un proyecto de ordenanza que además establece sanciones para los propietarios. En caso de no haber un dueño, serían entregados a dependencias públicas o se subastarían. También contempla qué hacer si fue maltratado.

Arroyo quiere prohibir y secuestrar a caballos sueltos o mal cuidados
(Foto: archivo/QUÉ Digital)

A raíz de la frecuentes quejas y denuncias de vecinos de distintos barrios de Mar del Plata por la presencia de caballos en la vía pública o mal cuidados en terrenos, el intendente Carlos Arroyo elevó este viernes al Concejo Deliberante un proyecto que propone prohibir la presencia de este tipo de animales sueltos y secuestrarlos.

Lo que el gobierno propone es prohibir en todo el ámbito del Partido de General Pueyrredon “la presencia de animales sueltos o que no se encuentren atados” tanto en la vía pública como en terrenos privados no cercados adecuadamente con personas responsables que los guíen.

El proyecto de ordenanza elaborado por el Ejecutivo local establece el secuestro de aquellos animales a los que calificaron como “domésticos que no son de compañía”, sin precisar en el texto del expediente que se trata únicamente de caballos, cómo solo se aclara en un documento adjunto también ingresado al Concejo Deliberante.

Tal cual lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito N°24.449, se delegaría como organismo de aplicación de la ordenanza a la Subsecretaria de Transporte y Tránsito, que a través de sus agentes podrá solicitar el apoyo de las fuerzas de seguridad, tal como consta en la Ley Provincial N° 10.081 que determina el Código Rural de la Provincia de Buenos Aires.

La Subsecretaría debería firmará convenios de colaboración con organismos provinciales, nacionales y/o privados y ONGs legalmente constituidas, con el fin de ajustar las acciones tendientes a disminuir esta problemática.

 SECUESTRO DE LOS CABALLOS 

La Subsecretaría, en caso de encontrar caballos sueltos o en mal estado, quedará autorizada para secuestrar y trasladar los animales a “un predio municipal u otro que el Departamento Ejecutivo designe”, aunque el proyecto no especifica dónde ni cuál.

Solo aclara que el predio “tendrá una gestión compartida” entre el Municipio y el organismo público o privado u ONGs con la que se firmó convenio y que la atención sanitaria estará a cargo de Zoonosis.

CABALLOS CAMPO

Según este proyecto, una vez secuestrado el caballo, se dará intervención al Departamento Zoonosis para que los profesionales veterinarios inspeccionen y constaten su estado de salud.

Los profesionales deberán realizar un informe en el que consten la presencia de marcas y señales, si existiesen, y de las características, además de su estado sanitario.

 MALTRATO Y RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO 

De establecerse una situación de maltrato, el proyecto de ordenanza contempla que se indicará la misma para que el Juzgado de Faltas realice la elevación correspondiente al Fuero Penal.

En caso de existir marcas o señales, las áreas municipales promoverán la búsqueda de los datos de los propietarios del animal, realizando la consulta al organismo provincial competente en marcas y señales.

Si se detecta al propietario, se labrará un acta de constatación. De no poder encontrarlo, después de 15 días el Ejecutivo publicará un edicto, en atención al desconocimiento del posible dueño y su domicilio.

De no presentarse el propietario en un plazo de 15 días posteriores a la publicaciones del edicto, el animal “quedará disposición del Departamento Ejecutivo, sujeto en su derecho de propiedad al régimen común de las cosas muebles que regula el Código Civil y Comercial”.

Luego de labrar las actas correspondientes, deberá dar intervención al Juzgado de Faltas, el que no restituirá al animal hasta que la persona que acredite la propiedad del mismo pague las tasas correspondientes al arreo, traslado y manutención del animal, según los montos establecidos por la normativa municipal vigente, así como cualquier gasto generado por el animal durante su estadía.

Caballo

¿QUÉ PASARÁ CON EL CABALLO SI NO HAY PROPIETARIO?

El proyecto de ordenanza que elevó el Ejecutivo contempla que en el caso previsto de no poder detectar al propietario en el plazo de 30 días, el Juzgado de Faltas pondrá a disposición del Departamento Ejecutivo a los animales, quedando éste facultado a disponer de los mismos sin derecho a reclamación, recurso o indemnización alguna.

Pasado este tiempo, el Ejecutivo podrá optar por instrumentar tres medidas para resolver el futuro del caballo secuestrado:

-Entregar al animal a dependencias municipales o a entidades públicas o privadas sin fines de lucro, con fines educativos y/o terapéuticos.

-Darlo en custodia a personal municipal que realice tareas a caballo.

-Venderlo en una subasta pública.

 

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30/11/2018