Miércoles 17 de abril | Mar del Plata
21/05/2018

Camuzzi no podrá cortar el gas por falta de pago

Lo resolvió el Juzgado Federal de Dolores a partir de un amparo presentado por la Asociación de Consumidores Argentinos. Obliga a las empresas prestatarias a suspender los cortes de servicio por no haber pagado.

Camuzzi no podrá cortar el gas por falta de pago
(Foto: archivo/QUÉ Digital)

Un Juzgado Federal de Dolores hizo lugar a un amparo presentado por la Asociación de Consumidores Argentinos y ordenó a las empresas prestatarias del servicio público de gas de todo el país suspender los cortes de servicio por falta de pago.

El juez federal Alejo Ramos Padilla avaló el amparo colectivo que presentó la Asociación de Consumidores Argentinos a través del cual cuestionaba el último aumento aplicado a las tarifas de gas.

Desde la entidad que defiende a los consumidores habían planteado “la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas” y plantearon la necesidad de que las empresas prestatarias se abstengan de cobrar los valores establecidos en el último incremento aplicado por el Gobierno nacional.

Además, pidieron que devuelvan los montos mal facturados en aquellos casos en que los usuarios ya hubieran pagado las facturas con los aumentos y que se ordene al Ministerio de Energía y Minería que convoque a audiencia pública para fijar el valor del valor del gas en boca de pozo.

La presentación de Consumidores Argentinos que acompañó la justicia explica y acara a su vez que el gas “es un servicio público esencial resguardado por el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”. 

LA RESOLUCIÓN COMPLETA

 “ESTA DECISIÓN VA EN LÍNEA CON LO QUE RECLAMAMOS” 

El Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, destacó el fallo de la Justicia Federal de Dolores que obliga a todas las empresas prestatarias de gas del país que se abstengan a llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio producto de la falta de pago.

“Esta decisión va en línea con lo que le reclamamos a todas las firmas que prestan el servicio en la Provincia. Se trata de una decisión que tiene en cuenta la situación de vulnerabilidad de las familias, sobre todas las que menos tienen, jaqueadas por estas subas irrazonables”, expresó Lorenzino.

El fallo analiza la forma en que se dieron los aumentos, pone el foco en la naturaleza de las audiencias públicas y presta atención a la situación de los sectores más vulnerables.

“Nuestro reclamo tiene que ver con defender a la gente para que pueda desarrollarse dignamente, que se les garanticen los servicios públicos elementales y que las razones estrictamente económicas no condicionen su calidad de vida”, puntualizó Lorenzino.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

21/05/2018