Jueves 25 de abril | Mar del Plata
18/10/2019

El gobierno fijó tres “feriados con fines turísticos” para 2020

Serán el 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre, de acuerdo al decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial, y funcionarán como “puente” de tres feriados inamovibles.

El gobierno fijó tres “feriados con fines turísticos” para 2020
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

El gobierno nacional fijó este viernes a partir de un decreto publicado en el Boletín Oficial que en 2020 habrá tres “feriados con fines turísticos” a concretarse el 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre y que funcionarán como “puentes” teniendo en cuenta que se concretarán antes o después de feriados inamovibles.

El decreto publicado este viernes tiene como propósito establecer los “días feriados con fines turísticos” para el próximo año y tiene en cuenta que mendiante la Ley N° 27.399 en 2017 se procedió a establecer el régimen de feriados nacionales y días no laborables y que a través de esa norma se determinó que los feriados nacionales trasladables allí previstos, cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior, y los que coincidan con los días jueves y viernes al día lunes siguiente y se facultó al Poder Ejecutivo “a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.

En este sentido, el presidente Macri decretó como “días feriados con fines turísticos” las siguientes fechas: 23 de marzo, el lunes previo al martes 24 en el que se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia; el 10 de julio, el viernes posterior al jueves 9 de julio en el que se celebra el Día de la Independencia; y 7 de diciembre, lunes previo al martes 8 fijado como Día de la Inmaculada Concepción de María.

En la Ley N° 27.399 sancionada 2017 se estableció el cronograma de feriados que rige cada año, con las modificaciones propias de los feriados o días no laborales con fines turísticos, como se estableció en este caso, y respecto a los cambios que se fijan respecto a los feriados “trasladables”.

FERIADOS NACIONALES INAMOVIBLES:

1° de enero: Año Nuevo.

Lunes y Martes de Carnaval.

24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

Viernes Santo.

2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

1° de mayo: Día del Trabajo.

25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.

20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.

9 de julio: Día de la Independencia.

8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.

25 de diciembre: Navidad.

FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES:

17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.

17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.

12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

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18/10/2019