Jueves 18 de abril | Mar del Plata
19/10/2017

Elecciones: multas por no ir a votar y registro de infractores

QUÉ te acerca el sistema de la Justicia Nacional Electoral que permite verificar a los electores si aparecen como infractores y regularizar la situación o efectuar un reclamo ante problemas con el troquel o para ir a votar el domingo.

Elecciones: multas por no ir a votar y registro de infractores
(Foto: archivo/QUÉ Digital)

Con vistas a las elecciones legislativas generales del domingo 22 de octubre, la Justicia Nacional Electoral mantiene activa desde las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), a través de internet, la consulta al “registro de infractores al deber de votar”, para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor y regularizar su situación o efectuar el reclamo considere pertinente.

Aquellas personas que figuren como infractores, podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa. Para ello, a través de internet podrán generar e imprimir la boleta de pago. No obstante, en los casos en que los electores que figuren como infractores consideren que esa situación no es correcta, pueden efectuar el reclamo.

El monto de la multa es $50 para quien no haya votado en las elecciones Primarias y tampoco haya justificado la no emisión del voto. Si el elector infractor no vota en las elecciones generales y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende a $ 100. Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $150.

¿Qué pasa si el elector figura como infractor y tiene el troquel que acredita que votó? Puede efectuar el reclamo también a través de internet o acercarse a la secretaría electoral correspondiente a su domicilio, con su documento y el troquel. Por otro lado, si el elector concurrió a votar pero le entregaron un troquel que corresponde a otra persona, también puede efectuar el reclamo por internet o acercarse a la secretaría electoral.

¿Qué consecuencias tiene ser infractor? Según explicaron desde la Justicia Electoral, “mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, los infractores no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año”.

Existen dos vías principales de pago de las multas: a través del Banco Nación o por otros medios de pago (tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual). Quienes opten por pagar la multa a través del Banco Nación, deberán imprimir la boleta de pago que podrán descargar de internet y concurrir personalmente a una sucursal para abonar en efectivo el monto de la multa. En el caso de optar por otros medios de pago, el infractor deberá seleccionar el medio por el cual desea abonar la multa (tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual) y seguir el procedimiento indicado en caso.

DÓNDE CONSULTAR

Las consultas se realizan a través de la web infractores.padron.gov.ar:

Ver más: , , , , , , , , ,

19/10/2017