Sábado 20 de abril | Mar del Plata
02/10/2018

En 60 días, las filas de más de 45 minutos serán sancionadas

La ordenanza que impulsó Ariel Ciano se aprobó en abril y fue reglamentada por el Ejecutivo en las últimas horas. Sancionarán a las entidades que hagan esperar a los clientes más de 45 minutos parados o una hora sentados.

En 60 días, las filas de más de 45 minutos serán sancionadas
(Foto: archivo/QUÉ Digital)

Luego de varios meses sin avances, finalmente el Ejecutivo reglamentó la ordenanza municipal relacionada con los límites de espera en entidades bancarias, financieras y comerciales que prestan servicio de cobranza de impuestos o pago de haberes a jubilados y/o pensionados.

La normativa impulsada por el concejal Ariel Ciano (1País) que aprobó por unanimidad en abril el Concejo Deliberante, entrará en vigencia en 60 días, a partir de diciembre.

Dicha ordenanza fija que debe sancionarse a aquellas entidades que no garanticen la atención entre los 45 minutos y una hora, en caso de que los usuarios puedan permanecer sentados.

En el artículo 3º de la norma se aclara que en todos los establecimientos en que se aplique se deberá exhibir un cartel informando sobre el derecho tutelado, el cual tendrá la siguiente redacción: “Sr. Usuario usted tiene derecho a ser atendido en un periodo máximo de 45 minutos si la espera se realiza de pie. En caso contrario la entidad será pasible de sanción”.

Tras la reglamentación, el autor de la ordenanza dijo que “si bien tardó algo más de lo previsto, lo bueno es que la reglamentación de la ordenanza ya es un hecho y sólo habrá que esperar 60 días para que comience a cumplirse”.

Ciano remarcó que “a diario como nuestros queridos viejos tienen que esperando de pie para cobrar sus haberes o pagar un impuesto, haciendo largas filas ya sea en un banco o un local de telefonía celular” y señaló que la ordenanza “busca hacer un aporte a la intención de mejorar la calidad de vida de los adultos mayores y acortar los tiempos de espera incluso a personas con disminución en su motricidad o mujeres embarazadas

Elevado al Concejo a fines de 2017, la ordenanza ya reglamentada detalla que la mayor vulnerabilidad “la padecen los usuarios de las entidades comerciales, financieras y bancarias, incluyendo aquellas que prestan servicios de cobranza de impuestos o pago de haberes a jubilados y/o pensionados, en las que se registre una gran concurrencia de público y se lleve adelante una atención personalizada”.

A su vez, en referencia a lo que padecen los jubilados, resalta que “los adultos mayores son los más perjudicados por los excesivos tiempos de espera para efectuar sus operaciones y en otras, por la dificultad que varios de ellos tienen para realizar trámites online o desde una aplicación” a la que por lo general no pueden acceder con facilidad.

Además, se destaca que “por motivos de seguridad, las entidades bancarias y financieras no disponen de baño público de acuerdo a lo establecido por la ley por lo que resulta indispensable que respeten los topes máximos de tiempo de espera” aprobados en la ordenanza: un máximo de 45 minutos en caso de que el usuario deba permanecer de pie y de 60 minutos sí el establecimiento cuente con asientos suficientes.

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02/10/2018