Miércoles 24 de abril | Mar del Plata
29/07/2022

Enduro con aval judicial: ambientalistas, contra fundamentos “descabellados”

Desde la ONG Surfrider cuestionaron el rechazo de la cautelar por el juez Carlos Méndez. “Pidió a los amparistas un estudio de impacto ambiental”, aṕuntaron.

Enduro con aval judicial: ambientalistas, contra fundamentos “descabellados”
(Fotos: Qué digital)

La decisión del Juzgado Civil y Comercial Nº5 de desestimar el pedido de dictado de una medida cautelar que suspendiera la realización del Enduro en Mar del Plata fue cuestionada por los impulsores del amparo, al acusar que el juez Carlos Méndez en su resolución “en una respuesta sin precedentes le pidió a los amparistas un estudio de impacto ambiental” algo que calificaron como “descabellado”. Es que el magistrado a la hora de resolver afirmó que “no fue acreditada la gravedad del supuesto daño” ambiental.

La respuesta pública y los cuestionamientos estuvieron a cargo de la ONG Surfrider, una de las tres que impulsaron esta semana el amparo con un pedido de cautelar que buscaba suspender el desarrollo del evento que finalmente se realizará este sábado y domingo en las playas que van desde Libertad hasta Acevedo.

El juez Carlos Méndez, a cargo de la tramitación del amparo, resolvió este jueves desestimar el pedido de dictado de una medida cautelar al considerar que “no ha sido acreditada la gravedad del supuesto daño” ambiental  que “resulte de imposible reparación ulterior”. Y al afirmar que “ordenar la suspensión de las obras preparatorias y la reprogramación del evento en cuestión, generaría perjuicios o  gravámenes innecesarios, ante un daño que con la probanza arrimada a la causa, resulta meramente conjetural o hipotético”.

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Esa parte de los argumentos del magistrado fue central para los cuestionamientos de la ONG. “En una respuesta sin precedentes el juez le pidió a los amparistas un estudio de impacto ambiental. Esto es completamente contradictorio de lo que manifiesta la ley 11.723 artículo 10 donde explícitamente se aclara que los emplazamientos deportivos deben ser acompañados por una Evaluación de Impacto Ambiental”, señalaron.

Asimismo, insistieron en que la normativa plantea que “todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales, deberán obtener una declaración de impacto ambiental expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal” e incluye a  “emplazamiento de centros turísticos, deportivos, campamentos y balnearios”.

“El fundamento es muy peligroso por se invirtió la carga de la prueba y se pidió a los amparistas que acompañen la demanda con un estudio de impacto ambiental. Esto es completamente descabellado y falso. Es contrario a derecho. La carga de la prueba debe correr por parte del demandado”, apuntaron desde la ONG al realizar su descargo.

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También cuestionaron que no se haya tenido en cuenta que pese a distintos pedidos de información realizados por vías oficiales antes de la presentación del amparo el gobierno municipal no había respondido ninguno: “No importa cuántas leyes legitimen el derecho que tenemos a acceder a la información pública. Por más que se hicieron seis pedidos formales que nunca fueron contestados, y se los nombra en la demanda, el juez es muy distraído y se olvida de decir algo al respecto”.

El amparo había sido presentado por referentes de la Organización MAR, Surfrider y Protección de Flora y Fauna Argentina, y en él habían pedido que se ordenara “el cese definitivo de obras, movimientos de suelo -arena- y demás actividades” en las playas y el diseño de un “plan de recomposición ambienta urgente” así como también que se reinstalara la “bajada accesible” para personas con discapacidad de esas playas que fue retirada en el marco de las obras y, finalmente, que se “suspenda y reprograme” la competencia.

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29/07/2022