Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
19/08/2016

Gas: para la UCIP, el comercio y la industria “fueron discriminados”

El fallo de la Corte Suprema de Justicia mantiene el 500% de tope para estos sectores, a diferencia de los usuarios domiciliarios. Advierten que varias Pymes se encuentran “en peligro”.

Gas: para la UCIP, el comercio y la industria “fueron discriminados”
(Foto ilustrativa: QUÉ Digital)

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el cual deja sin efecto el aumento de las tarifas de gas, hasta tanto se haga la audiencia pública, para los usuarios domiciliarios, “resulta discriminatorio para el comercio y la industria” al mantener para ellos las nuevas exorbitantes tarifas a diferencia del consumidor individual, según manifestaron desde la UCIP.

A través de un comunicado, la Unión del Comercio la Industria y la Producción aclaró que el fallo determina que los consumos domiciliarios son titularizados por los “usuarios domiciliarios” y merecen un trato diferenciado con respecto de los usuarios del comercio y la industria, existiendo intereses de unos y otros “individuales y homogéneos”.

Esa diferencia, explicaron, se funda en que “el comercio y la industria no habrían apelado el fallo recaído en la medida tomada por el Poder Ejecutivo Nacional y supuestamente tendrían la posibilidad de apelar individualmente”.

Sin embargo, aclararon que la afirmación anterior “no tiene el mínimo fundamento, dado que cualquier asociación de consumidores representa a consumidores domiciliarios como a consumidores del comercio y la industria” y que en última instancia “todos somos consumidores del mismo servicio y estamos castigados por igual”.

En este sentido, tildaron de “inadmisible” a esta “discriminación” y advirtieron que las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) “están equiparadas totalmente al usuario individual y tienen serias dificultades para absorber estos aumentos, peligrando su misma continuidad”.

La Cámara Federal enumera que participan en el recurso realizado por el “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad” (CEPIS) que representó a los consumidores y, deja claramente establecido la homogeneidad resultante entre usuarios individuales y los del comercio y la industria, tal como lo dice el mismo fallo de la Honorable Corte de Justicia de la Nación en su apartado Nº3.

Finalmente, la UCIP adelantó que está estudiando las medidas a tomar para evitar esta “descalificante discriminación”, dado que “si las tarifas no tienen fundamento, no lo tienen tanto para lo domiciliario como para el comercio y la industria”.

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19/08/2016