Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
14/06/2017

“Juicio abreviado no es salvoconducto, es condena penal”

El abogado defensor de Lalo Ramos explicó los alcances del proceso solicitado junto al fiscal ante el juez Pedro Hooft. “No modifica en nada la consecuencia sustancial que hubiese significado un juicio oral”, alegó Facundo Capparelli.

“Juicio abreviado no es salvoconducto, es condena penal”
(Foto: QUÉ Digital)

Facundo Capparelli, el abogado defensor de Eduardo Lalo Ramos, explicó los alcances del juicio abreviado pedido formalmente este miércoles ante el juez Pedro Hooft, a través del cual podrá evitar el proceso oral reclamado por la familia de Thiago Joel, el nene que sufre secuelas de por vida por el siniestro vial provocado por el expiloto en 2014. Aclaró en este sentido que “no se trata de un salvoconducto, es una sentencia condenatoria en la que se reconoce la responsabilidad penal” del imputado.

Luego de casi de tres horas de audiencia en el Juzgado Correccional N° 4  en la que tanto la defensa como la fiscalía representada por Pablo Cistoldi le presentaron el acuerdo de al juez Pedro Hooft, el abogado explicó que Ramos “está de acuerdo con la firma de un juicio abreviado” y aclaró que “lo ha firmado libremente y voluntariamente”.

En relación a los aspectos técnicos y legales del juicio abreviado, aclaró que “no es un salvo conducto, es una sentencia condenatoria en la que se reconoce la responsabilidad pena” y señaló al respecto que “como esa sentencia condenatoria que eventualmente dicte el juez homologando el juicio abreviado se hace sin que el imputado se defienda en un juicio oral, el Código lo obliga al juez a segurar que el imputado a formado ese acuerdo”.

Para Capparelli, que el expiloto que le causó daños irreversibles a Thiago Joel acceda a este proceso implica que “él reconoce su responsabilidad penal en los términos en lo que fue  efectuado en la requisitoria a juicio que le fue leído ante le transcurso de la audiencia”.

La pena en expectativa para el delito imputado es máxima de tres años de prisión y máxima de cuatro años de inhabilitaciòn. porque el delito que se le imputado fue el de lesiones agravadas por conducción de vehiculoautomotor. “Esa calificación nunca fue puesta en discusión”, aclaró la defensa.

Con respecto a la pena pactada, la misma está en suspenso y el abogado del expiloto de TC explicó que eso se debe a que es menor a tres años y a que Ramos no tiene antecedentes penales. “El plazo de inhabilitación para conducir es de cuatro años y eso se resuelve en la instancia del juez de Ejecución, que intervendrá después de que eventualmente el juez dicte sentencia condenatoria homologando el acuerdo”, añadió.

LALO RAMOS

Asimismo, la sentencia condenatoria que se dicte homologando el juicio abreviado “prácticamente no modifica en nada la consecuencia sustancial que hubiese significado un juicio oral”, añadió Caparelli.

“Ramos está sumiendo el máximo de pena de inahbilitacion que le hubiese caído en un juicio oral”, insistió el abogado y luego se refirió a la cifra de 200 mil pesos que Ramos había ofrecido a la familia del menor.

“Sobre eso es muy importante que se aclare que la indemnización no se limitaba a 200 mil pesos, era un pago actual de 200 mil pesos transitorio y durante 60 días el particular podía determinar e informar el monto resarcitorio total que estimaban para que Ramos pudiera evaluar el pago total”, manifestó el abogado defensor y recordó que el ofrecimiento fue rechazado.

“LA PRESENCIA DE AICEGA FUE A PEDIDO DEL DOCTOR ORSINI”

El abogado Facundo Caparelli indicó además que la presencia del abogado civilista Juan Aicega (concejal de Cambiemos) se debe a que “interviene en la causa civil de Lalo y se reunió tres veces con el abogado de la familia de Thiago (Maximiliano Orsini) en procura de llegar a un acuerdo económico y que fue citado por la fiscalía a las audiencias previas por pedido del doctor Orsini”.

“Y eso lo dejó en claro el fiscal en la audiencia: que la presencia de Aicega fue a petición del doctor Orsini y para procurar un acuerdo integral y total que resarciera íntegramente la cuestión vinculada con los daños derivados del hecho”, agregó el abogado defensor.

 

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14/06/2017