Martes 16 de abril | Mar del Plata
26/10/2022

Ley de etiquetado frontal: reclaman información y avances en su aplicación

El Colegio de Nutricionistas de la Provincia apuntó a las prórrogas otorgadas por el Ministerio de Salud a las empresas para comenzar a aplicar los sellos octogonales en alimentos y bebidas.

Ley de etiquetado frontal: reclaman información y avances en su aplicación
(Foto: Colegio de Nutricionistas Provincia de Buenos Aires)

A un año de la sanción de la “Ley de la alimentación saludable” -conocida como ley de etiquetado frontal– cuya normativa establece la colocación de sellos octogonales negros informativos en alimentos con exceso en azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales o calorías, el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires reclamó avances en su aplicación para promover una alimentación saludable e información en torno a los prórrogas otorgadas por el Ministerio de Salud a las empresas del sector.

A través de un comunicado, el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires reclamó la aplicación integral de la ley y enfatizó el rol que debe cumplir el Estado en la implementación y también en el seguimiento. A un año de la sanción, el Colegio reconoció que “hace dos meses, de manera modesta, se puede encontrar en algunos productos alimenticios envasados el etiquetado frontal de sellos”.

Es que pese a los pequeños avances que comienzan a verse en algunas góndolas y comercios de Mar del Plata y el resto del país, el Colegio advirtió que la implementación de la ley de etiquetado frontal se halla en una “zona gris” al considerar que muchas empresas solicitaron una prórroga para la adecuación de los productos: “Se desconoce cuántas y cuáles empresas fueron beneficiadas“, advirtieron.

En ese sentido, el Colegio de Nutricionistas aseguró haber presentado dos pedidos de acceso a la información que fueron denegados por la autoridad de aplicación al entender que la información era de carácter “confidencial”. “La sociedad no sabe si los productos alimenticios no deben llevar los octógonos negros, si están alcanzados por la prórroga o si directamente están incumpliendo la ley”, apuntaron.

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A través de la reglamentación de la ley (N°27.642) en marzo, la normativa estableció diferentes etapas para comenzar a aplicar los sellos en los productos. En concreto, para ser implementada se definió un plazo de 9 meses desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y un plazo de 15 meses para pequeñas y medianas empresas (pymes). A su vez, en una segunda etapa se estableció un plazo no mayor a 18 y 24 meses para pymes. De esta manera, la ley prevé su completa implementación -que trasciende la aplicación de los sellos y que incluye también entre otros ejes a la publicidad- en un periodo de dos años.

Según informó la agencia de noticias Télam, el pedido de prórroga que se podía solicitar por única vez por el plazo de 180 días para las grandes empresas, venció el 20 de julio y alcanzó a unas 240 empresas que elaboran 11 mil productos, según detallaron desde el Instituto Nacional de Alimentos de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat). Según estos números, para mayo de 2023 todos los alimentos y bebidas deberían tener los sellos octágonos.

Por su parte, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, aseguró que las prórrogas se otorgaron en consonancia a lo establecido por la ley y muchas de ellas fueron otorgadas con el objetivo de “adecuar los productos” al remarcar que el principal objetivo de la ley no es la colocación de los sellos sino que los productos sean más saludables, informó Télam.

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Al reclamar avances en su aplicación e implementación de manera integral, el Colegio de Nutricionistas señaló que la ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada al dar información nutricional clara, simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas para “resguardar los derechos” de quienes los consumen.

Además, señalaron que la normativa permitirá prevenir la malnutrición en la población, reducir las enfermedades crónicas no transmisibles, advertir sobre los “nutrientes críticos”, límites a la publicidad de determinados productos e incluir contenidos mínimos de educación alimentaria y nutricional en los niveles inicial, primario y secundario de escuelas de todo el país.

Por ello, por ejemplo, la normativa restringe la publicidad con personajes infantiles, dibujos animados, celebridades -como influencers de redes sociales-, mascotas o deportistas en productos que contengan al menos un sello y estén dirigidos especialmente a las infancias y adolescencias, el sector más vulnerable. Los productos con advertencias, además, tampoco podrán estar acompañados por regalos, premios o “cualquier otro elemento de promoción que puedan orientar y/o definir la compra o elección de esos alimentos”.

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26/10/2022