Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
07/10/2014

Madaho’s: prisión preventiva para los tres detenidos

Mario Lafalce y Daniel Fay deberán pagar $ 1,5 millones para obtener su excarcelación, y Daniel Navarro, $100 mil. Están acusados del delito de trata y explotación sexual. Continúa prófugo Mario Alberto Sasiain.

Madaho’s: prisión preventiva para los tres detenidos
(FOTO: Ministerio Público Fiscal)

El juez Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N°3 de Mar del Plata, dictó ayer (6/10) la prisión preventiva para Daniel Alberto Fay, Mario Alejandro Lafalce y Antonio Darío Navarro, por encontrarlos, en principio, penalmente responsables del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravado por el abuso de situación de vulnerabilidad de 17 víctimas, en concurso aparente con la comisión del delito de explotación de la prostitución ajena agravado, los dos primeros en condición de coautores y el tercero como partícipe necesario.

Los hechos que venían siendo investigados hace más de un año atrás por la Fiscalía Federal N°2, que conduce Pablo Larriera, fueron cometidos en Madaho’s, el local nocturno situado en Alem 4285, esquina Vieytes. El magistrado ordenó además el decomiso preventivo del inmueble, como también el dinero secuestrado en el allanamiento del pasado 19 de septiembre.

Al decretar la prisión preventiva, explicó que la detención será “hasta tanto se efectivice la caución personal mediante dos fiadores” fijada $1,5 millones para Fay y Lafalce, y en $100 mil para Navarro.

Dentro del local -que funcionaba con una marquesina lumínica, contaba con la autorización del Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, y la habilitación de la Municipalidad de General Pueyrredon como club nocturno, desde fines de los ’90-, se determinó que “se ofrecían y pactaban servicios sexuales a cambio de dinero”.

Al dar cuenta de las responsabilidades, el escrito firmado por Inchausti señala: “Mario Lafalce, socio de Rolafa SRL y principal encargado del negocio montado en el bar, partícipe del provecho económico obtenido de la explotación; Daniel Fay, integrante de la firma dueña del inmueble investigado, profesional a cargo de la contabilidad de la misma, y partícipe de las ganancias de la explotación de las víctimas prostituidas; y Darío Navarro-encargado del funcionamiento del bar-, se aprovecharon económicamente de la actividad ejercida por terceros, en otras palabras explotaron las ganancias que las víctimas obtenían con su prostitución, mediante abuso de la situación vulnerable de las mujeres víctimas”.

Dentro de Madaho’s se encontró una suerte de “reglamento” dentro de un sobre papel madera con el nombre de Mario Sasiain (único prófugo). “Nótese que el reglamento al que debían acogerse las víctimas, son normativas a cumplir, lo que demuestra el dominio que del comportamiento de las mujeres ejercían los explotadores del local. El reglamento secuestrado es una prueba directa y objetiva del adoctrinamiento y del modo en que los encausados de autos coartaban la libertad de las mujeres hasta en los más mínimos detalles de la actividad que día a día debían ejercer allí”, aseguró el juez en su dictamen.

PRESENCIA POLICIAL

Las mujeres víctimas relataron que solían concurrir policías al lugar, pero sin uniforme: “Nos dábamos cuenta que eran policías porque se ponían al lado de la caja y se sentaban. Siempre venían de a dos. No miraban a ninguna mina y hablaban entre ellos. Y llegado el momento se iban para atrás con Mario a una oficina que tenía Mario, se quedaban como media hora ahí adentro y después se iban”.

“La figura policial a todas luces junto a las cámaras de seguridad que habría dentro y fuera del lugar, serían un componente más que denota la subordinación en la que se encontraban las mujeres y el temor que se les instauraba a partir de ello”, reparó Inchausti.

LAS VÍCTIMAS

En razón a la problemática social y familiar en la que se encuentran inmersas la totalidad de las víctimas, el magistrado ordenó que se dé “intervención a los organismos especializados en el delito de trata de personas a los fines de garantizar los derechos que prescribe el artículo 6 de la ley 26.364 y sus modificaciones, en especial al Comité Ejecutivo Para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas haciéndoseles saber la clausura ordenada respecto del bar allanado así como la dependencia económica advertida respecto de las víctimas de la actividad aquí descripta”.

“La mayoría –alertó el juez- relató que ese era su único ingreso y que hace muchos años están en situación de prostitución para terceros, es decir, explotación sexual y trata de personas. De no adoptarse las medidas sociales del caso y asistirlas, se corre el riesgo serio de que vuelvan a situación de prostitución”.

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07/10/2014