Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
02/04/2019

Piden suspender por 180 días la habilitación de jardines maternales

Se trata de un proyecto de ordenanza presentado por Unidad Ciudadana en el que se advierten que las normas vigentes “han quedado obsoletas”.

Piden suspender por 180 días la habilitación de jardines maternales
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

En sintonía con una nota presentada días atrás por el Sindicato Argentino de Docentes Privados (Sadop), un proyecto de ordenanza elevado por Unidad Ciudadana busca que se suspenda por el plazo de 180 días la habilitación de jardines maternales al advertir que las normas vigentes “han quedado obsoletas”.

En el marco de un reclamo que ya lleva varios años en el sector, semanas atrás la seccional local de Sadop realizó una presentación en el Concejo en la que pidió que se promoviera la suspensión de las habilitaciones de los jardines maternales “hasta tanto se elabore un nuevo proyecto de ordenanza que regule” las instituciones bajo el objetivo de “garantizar la seguridad de los niños y niñas”.

En las últimas horas, el concejal de Unidad Ciudadana Marcos Gutiérrez presentó dos proyectos para abordar la problemática advertida: uno de comunicación en el que el gobierno informe el listado de los jardines maternales habilitados bajo la Ordenanza Nº 6345 y la cantidad de solicitudes que reciben mensualmente por nuevas habilitaciones, y otro de ordenanza que postula suspender por el plazo de 180 días hábiles  la recepción y el otorgamiento de habilitaciones para los establecimientos denominados jardines maternales o centros de atención infantil (guarderías) y casas de cuidado infantil.

El proyecto advierte, tal como fue expuesto años atrás, que “la normas vigentes en eL Partido de General Pueyrredon han quedado obsoletas y es necesario crear una nueva norma que se encuentre en concordancia con las leyes nacionales y provinciales”.

Es que plantea que la ordenanza Nº 6345 de 1985 estableció la habilitación y funcionamiento de los “centros de atención infantil” (guarderías) y “casas de cuidado infantil” y los define como “aquellos establecimientos que brinden servicios de cuidado de niños con régimen de externado en horarios diurnos y/o nocturnos, cuyas edades oscilan de entre los 45 días y los 12 años” y como “casas de familia que brinden servicios de cuidados a un número limitado de niños, con sistema de internado diurno y/o nocturno”.

Y advierte que, por ley, toda la competencia de la habilitación de los jardines maternales de gestión privada le corresponde a Dirección de Educación de Gestión Privada (Diegep). Tiempo atrás, se había alertado que en algunos establecimientos debido a que no podían obtener o no tenían la habilitación correspondiente que otorga Diegep, optaron por ampararse en la Ordenanza 6345 elaborada en 1985.

“Consideramos conveniente solicitar esta suspensión dado que el Municipio exige diferentes requisitos tanto edilicios como de personal para la habilitación de este tipo de establecimientos a los exigidos por la Diegep para ser reconocidos como establecimientos educativos y generar mientras tanto un trabajo de evaluación y adaptación de las ordenanzas vigentes a la normativa provincial y nacional”, remarca el proyecto de ordenanza que ahora deberá empezar a ser analizado por el Concejo.

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02/04/2019