Jueves 18 de abril | Mar del Plata
26/11/2015

Pintadas nazis: la Justicia Federal contra la violencia y la venganza

El fiscal federal Daniel Adler explicó que el derecho penal debe resolver la problemática y consideró que “las autoridades tienen que intervenir en todos los niveles”. Los delitos tienen una pena de 1 a 4 años.

Pintadas nazis: la Justicia Federal contra la violencia y la venganza
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Los delitos de pintadas nazis que se sucedieron en las últimas semanas quedaron en el orden de la Justicia Federal ya que la Corte entendió que afectan al orden federal, al pueblo, por como dañan “la dignidad de la persona humana, en estos casos vinculado a situaciones que pueden ser políticas, raciales, étnicas o religiosas”, explicó el fiscal Federal, Daniel Adler.

Que grupos de ultraderecha pinten esvásticas y leyendas nazis en paredes, sean de agrupaciones peronistas, militantes, referentes de la comunidad gay, o cualquier otro lugar, no es un delito menor y difiere de otro tipo escrache, aunque en ambos casos se traten de daños contra la propiedad.

Una cosa es el daño simple y otra es el daño que se ejecuta con los agravantes o en la situación de actos que sean discriminatorios, cuando es cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”, explicó Adler.

“En este caso que se ha evidenciado el delito a partir de un hecho y una denuncia por estos símbolos, pero puede haber otro símbolo que afecten a otras personas y grupos. Lo que es discriminatorio o no es discriminatorio se da en un contexto cultural y social en un momento determinado. En este caso es aceptado por la comunidad, no solamente nacional sino internacional, que esto es un símbolo de desprecio hacia la comunidad judía”, dijo el fiscal Federal.

Además, explicó que en la ciudad “hay algunos antecedentes que se están investigando anteriores a estos hechos. Y hay algunas otras situaciones de discriminación que fueron motivo de pronunciamiento por parte de los jueces que han dictado distintos procesamientos”.

En el caso de las pintadas, el delito de daño conlleva una pena de 15 días a un año, peor al verse agravado la pena cambia a un año de mínimo y cuatro años de máxima.

La Ley 23.592 que condena los actos discriminatorios contempla aumentar “en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de la escala penal de todo delito reprimido por el Código Penal o Leyes complementarias cuando sea cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. En ningún caso se podrá exceder del máximo legal de la especie de pena de que se trate”.

Finalmente, Adler expresó que “lo importante es que la Justicia debe intervenir en la aplicación de la ley para prevenir en una  forma general y positiva los hechos. Se trata de que estos hechos no ocurran y una forma de evitarlos es la actuación de la justicia. Además, las autoridades tienen que intervenir en todos los niveles para evitar la violencia, sea de donde venga. Evitar la violencia y la venganza privada, para eso está el derecho penal“.

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26/11/2015