La Dirección de Protección al Consumidor se mostró en sintonía con la reciente resolución aprobada por la Secretaría de Comercio de la Nación, en donde se establece que quienes comercialicen productos o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado, en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago.
En ese sentido, la dependencia municipal dio a conocer que se han efectuado inspecciones diversas durante este último tiempo,con el objetivo de verificar la trasparencia informativa de los precios al consumidor. Hasta el momento, de acuerdo a lo detallado, se realizaron alrededor de 250 inspecciones, de las cuales se labraron 82 actas de infracción.
“Entendemos que esta resolución viene a reforzar el criterio respecto a la claridad de la información que debe suministrarse al consumidor y que veníamos adoptando para distintas acciones de control”, señaló al respecto Verónica Tambascia, titular de Protección al Consumidor. “Por lo que a partir del 1 de febrero integraremos esta nueva resolución a las inspecciones que se realicen”, agregó.
La nueva resolución aprobada por la Secretaría de Comercio de la Nación busca aportar más claridad a los consumidores a la hora de adquirir un producto o servicio. “En particular, ratifica que los comerciantes no pueden efectuar diferencias de precios entre operaciones al contado o efectivo, con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito en un solo pago u otros medios electrónicos de pago”, explicó Tambascia.
Asimismo establece que cuando se financie una compra se deberá informar con claridad los siguientes conceptos: precio de contado, precio total financiado, anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual (TEA) y el costo financiero total (CFT). Este último concepto deberá destacarse en su tipografía. “Los comerciantes deberán separar el precio al contado de la opción en cuotas”, establece la primera medida a la que se agrega que “los precios en cuotas deberán exhibir el Costo Financiero Total desde el 1° de febrero”.
Finalmente, se prohíbe que los anuncios y publicidades de ventas financiadas incluyan la frase “sin interés” u otra similar cuando el costo de financiación se traslade al precio de venta.