Viernes 19 de abril | Mar del Plata
28/07/2017

Qué establece la ordenanza que crea la “Feria de Subsistencia”

Fue presentada este jueves en el Concejo. Estipula la habilitación para “permutar productos usados y entrega de bienes comercializados en forma virtual”. Los permisos se renovarán anualmente. Los detalles de la norma.

Qué establece la ordenanza que crea la “Feria de Subsistencia”
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Luego de varias semanas de debate y de elegido el lugar, que será la zona de la estación Ferroautomotora, finalmente el proyecto de ordenanza que regulará la actividad de intercambio y venta de productos en la vía pública por parte de familias en situación vulnerable fue presentado en el Concejo Deliberante, y así se conocieron cuáles serán los requisitos y características que pasarán a estar dentro del marco legal de la ciudad.

Cuando hace años empezó a darse el fenómeno de las ventas o intercambios de productos en la Plaza Rocha a partir de la necesidad de distintas familias de encontrar una alternativa para subsistir teniendo en cuenta la crítica situación laboral por la que atraviesa hace años Mar del Plata desde distintos sectores se planteó la necesidad de atacar el problema de fondo: el desempleo. Con cifras oficiales que muestran que pese al paso del tiempo la situación se mantiene, el Estado municipal finalmente se decidió por regular la actividad, que todos coinciden es producto de un contexto de crisis.

Así, luego de semanas de una mesa de trabajo entre distintos sectores político y los feriantes, este jueves fue formalizada la presentación del proyecto de ordenanza que crea  la “Feria de Subsistencia e Intercambio” y plantea que tendrá como objetivo “la compra, venta y/o intercambio en carácter de permuta de productos usados y entrega de bienes comercializados en  forma virtual, ejercida  por los permisionarios por cuenta propia en puestos desmontables”.

Esos puntos, se establece en la norma, se colocarán en el espacio situado sobre vereda de la Ferroautomotora en la avenida Luro, vereda impar, en el perímetro delimitado por calles Neuquén, Don Bosco, Francia, hasta la avenida Jara.

En primera instancia, la ordenanza que ahora deberá ser tratada en el Concejo estipula que “quedan excluidas las ventas y/o compras y/o entrega de productos por cuenta y orden de terceros, y aquellas actividades de producción en serie o reproducción mediante técnicas y/o procesos industriales, como así también las relacionadas con la artesanía alimentaria”.

PRINCIPALES PUNTOS DE LA ORDENANZA:

* El permiso que se otorgue será de carácter personal, intransferible, precario y renovable anualmente.

* Los permisos deberán ser tramitados ante la Subsecretaria de Inspección General. Para  la determinación del cupo de permisos a otorgarse,  Inspección General tomará los datos resultados que arroje el censo llevado adelante e informado por la Secretaria de Desarrollo Social , debiendo respetar el tres que serán conferidos a personas con discapacidad.

* Solo podrán ser permisionarios quienes no tengan empleo en relación de dependencia con ingresos superiores al salario mínimo vital y móvil a la fecha de efectuar el pedido del permiso, quienes no ejerzan actividad profesional, ni comercial o industrial por cuenta propia, que cuente con la habilitación municipal y quienes no perciban beneficios derivados de la jubilación pensión superior a los montos mínimos previstos por la autoridad previsional.

* Se prohíbe intercambiar o tener como objeto de las actividades a los productos alimenticios de cualquier origen, bebidas de cualquier tipo, golosinas, productos a estrenar, cosméticos, medicamentos, productos para consumo humano fraccionados o al peso y autopartes.

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28/07/2017