Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
17/07/2015

Rechazan suspender la exhumación del cuerpo de Fangio

El juez de Mar del Plata Rodrigo Cataldo no hizo lugar a un pedido realizado por un magistrado de La Plata que entiende en una causa anterior. “La medida de no innovar no puede interferir en otro proceso distinto”, argumentó.

Rechazan suspender la exhumación del cuerpo de Fangio
(Foto: sitio oficial Museo Juan Manuel Fangio)

Pese al pedido realizado por un magistrado platense, el juez de Mar del Plata Rodrigo Cataldo, que dispuso la exhumación del cuerpo de Juan Manuel Fangio, ratificó la medida para el próximo 7 de agosto a partir de rechazar la solicitud por entender que “la extracción de muestras cadavéricas no altera la prohibición de innovar decretada“. De todas maneras, dispuso que la pericia se realice en Balcarce y no en Mar del Plata.

El juez Daniel Dipp de La Plata, que entiende en una causa anterior por filiación, había solicitado la suspensión de la exhumación  basándose en una resolución judicial de 2007 que ordenaba “no innovar” respecto a los restos del mítico corredor de autos.

Sin embargo, esa solicitud fue denegada en las últimas horas por el juez civil y comercial de Mar del Plata Rodrigo Hernán Cataldo que entiende en la causa iniciada por Oscar Cacho Espinosa, quien asegura ser un hijo no reconocido del célebre automovilista.

“Entiendo que las circunstancias por las que transita el presente proceso obstan a la suspensión de la medida ya ordenada, razón por la que debo ratificar la misma“, sostuvo en su resolución Cataldo.

En el mismo sentido entendió que “la realización de la extracción de muestras cadavéricas no altera la prohibición de innovar decretada por el magistrado oficiante, toda vez que el objeto de la cautela allí dispuesta y la medida ordenada en estos obrados persiguen un idéntico fin, que lo constituye el resguardo de un derecho que no debe tornarse ilusorio para quienes hoy buscan certidumbre respecto de su estado filiatorio”.

En detalle, sostiene que “debe tenerse presente que la medida de no innovar no puede interferir en otro proceso distinto de aquel en que se la solicitó, porque un juez no tiene imperio para imponer tal medida respecto de otro de igual jerarquía”.

De esta manera, el juez ratificó la fecha de realización de la pericia aunque resolvió que se realice en la morgue del cementerio de Balcarce, “evitando el traslado hacia Mar del Plata y velando por la seguridad e integridad de los restos de Juan Manuel Fangio”.

ACLARACIÓN

La nota anterior del caso titulada “Suspendieron la exhumación del cuerpo de Fangio”, contiene un error ya que se afirma y da por hecho  lo que en realidad fue una solicitud efectuada por el juez plantense, que ahora fue rechazada por el magistrado de Mar del Plata interviniente.

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17/07/2015