Miércoles 24 de abril | Mar del Plata
27/08/2015

Reserva del Puerto: la Corte Suprema falló contra Aldosivi

El máximo tribunal ratificó que el club deberá detener las obras hasta tanto supere la Evaluación de Impacto Ambiental, para la que nunca presentaron los informes. Además, deberán recomponer el espacio afectado ilegalmente.

Reserva del Puerto: la Corte Suprema falló contra Aldosivi
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Después de un largo litigio judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló contra Aldosivi en la causa por las obras que se llevan a cabo en la Reserva del Puerto. Eso significa que el club deberá detener el avance de las tareas sobre el espacio natural hasta tanto supere la Evaluación de Impacto Ambiental, para la que nunca presentó ante el gobierno local los informes de manera correcta. Además la sentencia estableció que se deberá volver atrás en aquellas partes de la reserva que hayan sido dañadas ilegalmente.

Según informó el abogado de la Fundación Reserva del Puerto, José Esaín, la Corte ratificó la medida que había dispuesto la Cámara Federal de Apelaciones en 2013 al dar lugar a un amparo que en primera instancia había sido rechazado y que pedía, justamente, la detención de las obras hasta tanto el club cumpla con los pasos legales correspondientes, como lo es la Evaluación de Impacto Ambiental, para la que también la Justicia determinó a lo largo del largo camino judicial que era el gobierno municipal la autoridad competente.

Además, el recurso presentado en 2010 por los ambientalistas incluyó el pedido de un plan de recomposición de la reserva en caso de que haya sido afectada de manera irregular. En ese sentido, el abogado adelantó que reclamarán que esa parte de la medida judicial también sea cumplida en un corto plazo por el club.

La Fundación Reserva Natural había iniciado en 2010 un amparo -que fue rechazado- ante el Juzgado Federal Nº 2 de Mar del Plata contra Aldosivi por medio del que solicitaba “la suspensión de la construcción de un estadio y Centro Deportivo en el espacio que fuera otorgado por ley 14.193 hasta tanto se contara con el debido licenciamiento ambiental”.

Tras el rechazo, llegó la apelación y la Cámara Federal de Apelaciones dio lugar al amparo por lo que determinó que debían frenarse las obras hasta tanto el Municipio las autorizara. Tras esa instancia, el club apeló la resolución por lo que llegó a la Corte.

Con ese antecedente más el rechazo que el área de Gestión Ambiental del gobierno municipal hizo al informe de impacto ambiental presentado por el club, y mientras se aguardaba la resolución de la Corte, los ambientalistas volvieron a la Justicia para reclamar que pese a esas cuestiones las obras avanzaban normalmente.

Esa presentación realizada nuevamente ante Juzgado Federal Nº 2 tuvo resolución en 2014. En ella, el juez subrogante Santiago José Martín dictó una medida precautoria en la que ordenó a Aldosivi “suspender toda clase de actividad que suponga la alteración del espacio aeroterrestre del área comprometida hasta tanto cumpla con la presentación del informe de Evaluación de Impacto Ambiental expedido por la autoridad municipal”. Además advirtió que en caso de no cumplir con lo dispuesto se remitirán las actuaciones a la Justicia Penal “ante la posible comisión de un ilícito”.

Finalmente, en las últimas horas y después de tanto reclamos, protestas y presentaciones, los ambientalistas y el club fueron notificados de la resolución, que no es otra cosa más que la ratificación de que Aldosivi nunca cumplió con la ley. 

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27/08/2015