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23/02/2020

Servicio Fúnebre Gratuito: tras seis años, piden respuestas por su falta de aplicación

La ordenanza que lo creó fue aprobada en 2014. Un proyecto ingresado al Concejo advierte que no se habría realizado ningún velatorio en los términos previstos por la norma.

Servicio Fúnebre Gratuito: tras seis años, piden respuestas por su falta de aplicación
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Desde mayo de 2014 está vigente en Mar del Plata la ordenanza que creó el Servicio Fúnebre Gratuito a cargo de la Municipalidad para personas de escasos recursos. Pese al paso de los años y a casos particulares que pusieron en evidencia su falta de cumplimiento, un proyecto de comunicación ingresado en el Concejo Deliberante vuelve a advertir que hasta el momento no se habría realizado en el Cementerio Parque ningún velatorio en los términos previstos por la norma, por lo que pide respuestas al Ejecutivo municipal.

La creación del Servicio Fúnebre Gratuito se realizó en 2014 mediante la aprobación de la ordenanza 21.769, a través de la que se estipuló que estaría dirigido a “fallecidos sin deudos o con deudos de escasos recursos”.

En este marco, la norma faculta al Departamento Ejecutivo a brindar el servicio de preparación y traslado por medio de empresas concesionadas e incluye en el servicio la “provisión del ataúd, el traslado al Cementerio Parque, el sepelio y la cesión sin cargo de una sepultura en tierra”. Asimismo, repara en que también “se podrá optar por un servicio crematorio si así lo deseare el familiar del difunto y en los casos permitidos por la normativa vigente”.

La ordenanza vigente hace hincapié en que en el Cementerio Parque se reacondicionarían y habilitarían dos de las salas velatorias existentes, que funcionarían todos los días de 8 a 17.

Pasados seis años desde su aprobación, desde el Frente de Todos presentaron recientemente ante el Concejo Deliberante un proyecto en el cual se advierte que “a la fecha no se habría realizado en el Cementerio Parque de nuestra ciudad ningún velatorio en los términos y condiciones previstos por la ordenanza 21.769″.

De esa manera, el expediente -que ahora deberá empezar a ser analizado por el Cuerpo- le solicita al Ejecutivo que informe sobre la aplicación de la ordenanza y que además brinde destalles respecto a “las salas velatorias suministradas a los beneficiarios, en cumplimiento de dicha normativa”.

El proyecto repara en los fundamentos que presenta la ordenanza, que plantea que en las instalaciones del Cementerio Parque existen seis salas velatorias utilizadas como depósito y que la implementación del servicio, “salvo el reacondicionamiento de las dos salas velatorias existentes, no generarían para la Comuna una erogación de entidad suficiente para negar la prestación del mismo, considerando además que se brindaría en el horario de funcionamiento del cementerio, es decir de 8 a 17″.

Ya en 2016 había quedado expuesta la falta de cumplimiento de la ordenanza luego de que el Concejo Deliberante aprobara un pedido de informes presentado tras la muerte de un joven cuidacoches en situación de calle, en el que además se le exigía al Ente de Servicios Urbanos que pusiera en funcionamiento las salas velatorias correspondientes.

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23/02/2020