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24/01/2019

Uber: aprueban la ordenanza que endurece las multas

Con sólo un voto en contra y una abstención, el Concejo Deliberante convalidó la modificación de la norma que propuso el gobierno en consenso con la oposición, taxistas y remiseros.

Uber: aprueban la ordenanza que endurece las multas
(Foto: QUÉ Digital)

El Concejo Deliberante aprobó en la tarde de este jueves el proyecto de ordenanza que endurece las multas a aplicar al transporte ilegal en Mar del Plata, entre los que está incluido Uber por no contar con habilitación. La sanción fue esperada por una imponente movilización de taxis, remises y autos rurales en la puerta de la Municipalidad sobre la avenida Luro.

Con la mayoría de votos afirmativos, una abstención -del edil del PRO Guillermo Volponi- y sólo uno negativo -de la concejal de la Coalición Cívica Angélica González- se aprobó la modificación de la ordenanza que endurece considerablemente las multas a quienes sean detectados al conducir servicios de transporte no habilitados, como Uber.

Durante la sesión iniciada poco después de las 14, el edil de Agrupación Atlántica Marcelo Carrara fue quien presentó y defendió el proyecto redactado en las últimas horas y tratado y convalidado de manera veloz este miércoles en comisión para que este jueves pudiera ser aprobado en sesión.

El concejal de Unidad Ciudadana Balut Tarifa Arenas dijo que el voto afirmativo del bloque sobre el proyecto respondía a la “defensa de los trabajadores de Mar del Plata” y destacó la importancia de que el gobierno municipal mantenga los controles para que se cumpla la norma.

“La llegada de Uber a Mar del Plata es transporte ilegal”, sostuvo el concejal Santiago Bonifatti -de Sumar- y agregó: “En esta pelea Mar del Plata está toda junta”. A su turno, Vilma Baragiola (por el radicalismo) y y Marcelo Fernández (por Acción Marplantese) también se mostraron en contra de la llegada de Uber y respaldaron el proyecto.

Quien votó en contra fue la concejal de la Coalición Cívica, Angélica González, en sintonía con la postura que mantiene el diputado provincial Guillermo Castello. En ese sentido, la edil sostuvo que Uber “brinda muchas fuentes de trabajo para otros marplatenses que no encuentran otra inserción” y pidió: “Tenemos que abrirnos las tecnologías, a todos nos cuesta aceptar los cambios”.

 LA ORDENANZA 

Una las características centrales que presenta la modificación de la ordenanza es la descripción que le da a los servicios de transporte que para funcionar deben contar con habilitación municipal, algo que hasta el momento no tiene Uber en Mar del Plata.

Así describe al servicio de transporte que comprende la ordenanza como “la modalidad de taxi, remise, transporte escolar, servicio de excursión, auto rural, transporte privado de personas, transporte entre dos puntos fijos contratado a través de una plataforma y/o aplicación tecnológica y/o digital, utilizando un dispositivo móvil y un sistema de posicionamiento global, y todo otro servicio cuya organización y autorización compete en forma exclusiva a la Municipalidad, cualquiera fuere la modalidad y/o medio de pago”.

Otro de los puntos clave es que se aumentan las multas a aplicar en caso de detectar algún servicio de transporte sin la autorización municipal correspondiente. En detalle establece que “la sola prestación del servicio de transporte de personas con vehículo sin habilitación municipal, constatada por la autoridad de aplicación, dará lugar al secuestro del vehículo y para su conductor la imposición de una multa graduable entre 10 y 50 sueldos mínimos del personal municipal”. Hasta el momento esa escala en la ordenanza vigente va de entre 4 a 20 sueldos mínimos.

También se aumenta “la inhabilitación para conducir automotores” por el plazo de ciento 180 días hábiles administrativos a partir de la fecha en que la sentencia quede firme y consentida. Hasta ahora ese plazo es de 30 días.

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Asimismo, se incrementan las multas para los casos en que se produzca reincidencia. La multa es comprendida entre 30  y 60 sueldos mínimos del personal municipal, cuando con la actual ordenanza vigente es de 5 y 30 sueldos mínimos. Y para estos casos prevé que la inhabilitación para conducir sea por el plazo 360 días hábiles, cuando hasta ahora es de 45.

Otro de los puntos introducidos es que, constatada la infracción, “será infraccionado, con la misma multa allí prevista, quien resulte ser el titular registral del vehículo, en el supuesto caso de no haber coincidencia de su identidad con la del conductor”.

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24/01/2019