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Subzona 15: confirman el rechazo al pedido de domiciliaria de Gómez Centurión

La Cámara de Casación respaldó la decisión del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. En abril pasado, represor fue condenado a doce años de prisión.

A un mes de la decisión del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata de rechazar un pedido de prisión domiciliaria presentado por Gonzalo Gómez Centurión, uno de los represores condenados en el juicio por delitos de lesa humanidad “Subzona 15”, la Cámara Federal de Casación confirmó la decisión por lo que el exmiembro de la Sección Inteligencia de la Base Aérea Militar deberá seguir cumpliendo su pena en la Unidad Penal Nº 34 de Campo de Mayo.

Gómez Centurión fue condenado el pasado 27 de abril en el juicio conocido como “Subzona 15” a doce años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravada por mediar violencia y amenazas y en ese marco se ordenó su inmediata detención.

El julio, en el marco de la pandemia, la defensa del represor compuesta por los abogados Pedro Pablo Pusineri y Carlos Carrizo Salvadores presentó un pedido de prisión domiciliaria ante las consecuencias que podría generar el coronavirus en el hombre de 71 años al estar alojado en una unidad penitenciaria.

Sin embargo, los jueces del Tribunal de Mar del Plata Roberto Falcone, Mario Portela y Martín Bava rechazaron el pedido al analizar que “la mera pertenencia a un grupo de riesgo (franja etaria) no configura per se el supuesto de peligro concreto requerido para habilitar la concesión del beneficio, debiendo ponerse especial atención a los antecedentes particulares del caso”.

Contra esa decisión, los defensores interpusieron un recurso de Casación que fue rechazado en las últimas horas por la sala cuarta compuesta por los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos.

“Ni la concesión ni el rechazo de un pedido de prisión domiciliaria pueden resultar de la aplicación automática o irreflexiva de doctrinas generales, sino que se trata de decisiones que deben estar precedidas de un estudio sensato, razonado y sensible de las particularidades que presente cada caso”, remarcó Borinsky.

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Y también planteó que la resolución del Tribunal marplatense cuestionada por la defensa “se encuentra en armonía” con las disposiciones vigentes por lo que entendió que “las objeciones del recurrente discurren en torno de una mera disconformidad con el tenor de lo resuelto, pero no logran rebatir los fundamentos de la decisión”.

El juez Borinsky remarcó que el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata “rechazó la prisión domiciliaria solicitada por la defensa de Gómez Centurión de manera fundada y coherente con la grave situación actual, y de acuerdo con las constancias actualizadas de la causa” e hizo referencia a los informes de la autoridad penitenciaria “en relación con que se han tomado las medidas adecuadas de higiene y salubridad para los internos, a lo que se suman aquellas que se han adoptado para reforzar las tareas de prevención tendientes a evitar la propagación del virus”.

Ante el pedido de Gómez Centurión se habían opuesto a que se le concediera la prisión domiciliaria el Ministerio Público Fiscal, las querellas (Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Asamblea Permanente de Derechos Humanos) y las y los familiares de las víctima.