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Lucía Pérez, el juicio: el fiscal retiró la acusación contra Maciel

En el inicio de su alegato, Daniel Vicente consideró que no se encontraron elementos para acusarlo de haber lavado el cuerpo de la joven. Pidió que quede en libertad inmediatamente.

En el marco del inicio de los alegatos en el juicio por el crimen de Lucía Pérez, el fiscal Daniel Vicente retiró la acusación contra uno de los tres imputados: Alejandro Maciel, que llegó al juicio imputado por encubrimiento agravado al atribuirle haber lavado el cuerpo de la joven tras el crimen y antes de que fuera llevado a la sala de salud.

El fiscal, en línea con lo declarado por los testigos que pasaron por el debate, remarcó este viernes por la mañana que no se encontró ningún elemento para mantener la acusación. Por eso y antes de pasar a analizar la situación y pedir las penas para los principales acusados -Matías Farias y Juan Pablo Offidani- Vicente solicitó su absolución y que sea liberado de manera inmediata.

TRES HECHOS, TRES ACUSACIONES

La causa, tal como fue elevada a juicio, se centra en el análisis de tres hechos:

HECHO 1. La tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad por parte de Farías y Offidani. Concretamente, a ambos se los acusa de haber tenido en una camioneta -en la que se habrían desplazado el día del crimen y el anterior- 38 gramos de cocaína y 220 de marihuana “con inequívocos fines de comercialización destinada a personas menores de edad”, según sostiene la acusación que se sustenta no sólo en la requisa que se hizo en la camioneta una vez que fueron detenidos ambos acusados sino también en testimonios recabados en la causa y en mensajes de Whatsapp del propio Farías.

Según la reconstrucción realizada en el marco de la causa, el viernes 7 de octubre de 2016 Farías y Offidani tuvieron el primer contacto con Lucía Pérez en la esquina de la Escuela Media N° 3, cuando le vendieron estupefacientes a bordo del vehículo conducido por Offidani.

A la mañana siguiente –luego de intercambios de Whatsapp– pasaron a buscar a la joven por las inmediaciones de su domicilio y para ello utilizaron la camioneta de Offidani, quien los dejó en la casa de Farías.

HECHO 2. La muerte de Lucía. En este punto a lo largo de la investigación aparecieron múltiples divergencias entre los peritos intervinientes.

Según la acusación fiscal, una vez que Farías llegó a su casa con Lucía “le proveyó estupefacientes” y “aprovechándose de la situación de vulnerabilidad mantuvo relaciones sexuales con ella”. Asimismo, apunta que “esa actividad sexual yuxtapuesta al consumo de cocaína, causó una asfixia tóxica, con congestión y edema pulmonar, lo que causó la muerte de la menor”.

El episodio fue provisionalmente calificado como abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio y se le atribuye a Farías en calidad de autor y a Offidani como partícipe necesario.

HECHO 3. Se centra en el delito de encubrimiento agravado por la gravedad del hecho precedente y se le adjudica a Alejandro Maciel. Concretamente, se lo acusa de que aquel 8 de octubre, luego de ocurrida la muerte de Lucía en el interior del domicilio, ayudó a Farías y Offidani “a borrar los rastros del delito, ayudando al acondicionamiento del cuerpo de la víctima, lavándolo, vistiéndolo, antes de llevarlo a una sala sanitaria, y retirando del lugar los estupefacientes que se habían proveído a Lucía”.

Pese a que el hecho que implicaba a Maciel era el tercero en orden cronológico, el fiscal decidió comenzar con el delito de encubrimiento agravado en relación al imputado y sostuvo en ese sentido que, pese a la parcialidad, “el Ministerio Público Fiscal debe ser objetivo” y en esa misma línea puntualizó que “no se ha podido probar ninguno de los extremos de la acusación contra Maciel”.

Por ese motivo, Vicente consideró que no hay elementos para acusarlo y en consecuencia pidió su inmediata libertad.

Para el Ministerio Público Fiscal, quedó probado durante el debate y pese a lo sostenido durante la instrucción penal, que el cuerpo de Lucía no fue ni lavado ni vestido, ya que “no se encontró elemento alguno” para sostener la hipótesis que hablaba del lavado del cuerpo a modo de encubrimiento del crimen. De esta manera, hizo referencia a diversas declaraciones escuchadas en el juicio en ese sentido, desde el médico de la sala de salud que recibió el cuerpo hasta los peritos intervinientes.

En ese marco, y tras hacer alusión a la acusación en relación a Maciel, el fiscal comenzó a detallar la acusación contra Farías y Offidani por venta de droga, algo que dio por acreditado, al igual que el abuso sexual en relación a Lucía, y por lo que terminó pidiendo prisión perpetua para Farías y 18 años para Offidani.