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Buscan que quienes sufrieron robos no paguen acarreo y estadía de sus vehículos

Desde le Concejo Deliberante apuntan a modificar la redacción de la ordenanza vigente.

Desde el Concejo Deliberante apuntan a una modificación del régimen de acarreo y estadía de vehículos en el Playón Municipal: apuntan a que quienes hayan sufrido robos no tengan que pagar por los costos que implica el servicio del área de Tránsito.

El proyecto de ordenanza fue presentado por el bloque que responde a La Libertad Avanza y apunta a generar una excepción en el marco del régimen de acarreo que recientemente pasó a tener montos máximos a pagar para la liberación de los vehículos y evitar su abandono en el lugar.

Es que, cabe recordar, las personas a las que se les sea retirado el vehículo deben abonar por los costos del traslado y el estacionamiento de los mismos en el playón municipal hasta el momento en que regularizaron su situación.

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Sin embargo, advierten que la norma no discrimina entre quienes sufrieron el secuestro de un rodado por haber cometido una infracción al volante y quienes hayan sido víctimas, por ejemplo, de un robo del mismo.

“Es necesario terminar con esta inequidad e injusticia para quien es víctima de un robo y así facilitar la recuperación de los móviles por parte de los titulares de los mismos”, remarcaron sus autores.

¿Cuánto cuesta la estadía y el acarreo? Según la Ordenanza N°25.580 (modificatoria de la 25.251), los topes son de 110 unidades fijas para motocicletas, 200 UF para autos y 260 UF para utilitarios.

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Según el último valor actualizado de la Unidad Fija por parte del gobierno provincial, la misma pasó a tener entre mayo y junio un valor de $1.137, es decir, el equivalente al litro de nafta de mayor octanaje a la venta en el Automóvil Club de la Plata.

Así, los costos máximos por acarreo y estadía incluso para quien sufre un robo del vehículo actualmente pueden llegar a ser de $125.070, $227.400 o $295.620, según sea moto, auto o utilitario.

El régimen ya sufrió modificaciones en los últimos años como por ejemplo la liberación del auto secuestrado sin tener que hacer trámites ante el Juzgado de Faltas dentro de los tres días posteriores al hecho en los casos de “seguridad documental” o estacionamiento indebido.