Viernes 26 de abril | Mar del Plata
15/01/2018

Submarino: promulgan la ley que crea la comisión investigadora

Mientras los reclamos de las familias se incrementan a dos meses de la desaparición, el gobierno nacional promulgó la norma aprobada semanas atrás en el Congreso. En un año debería presentar un informe final con las conclusiones.

Submarino: promulgan la ley que crea la comisión investigadora
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Cuando se cumplen dos meses de la desaparición y el malestar y las críticas de los familiares  comienza a crecer, el gobierno nacional promulgó este lunes la ley que crea una comisión investigadora bicameral para abordar los motivos de la desaparición del submarino ARA “San Juan. Así lo habían pedido un grupo de familiares de tripulantes que se reunieron con diputados semanas atrás. La normal establece el  plazo de un año en el que la comisión debería presentar un informe final con las conclusiones.

La promulgación de la ley aprobada el pasado 27 de diciembre fue publicada este lunes por el gobierno  en el Boletín Oficial. En concreto, la ley dispone crear en el ámbito del Congreso de la Nación la “Comisión Bicameral Especial Investigadora sobre la Desaparición, Búsqueda y Operaciones de Rescate del Submarino ARA San Juan”, que tendrá por objeto “el análisis, la evaluación y el esclarecimiento de las causas y circunstancias del siniestro de la embarcación, el desarrollo de las acciones desplegadas por el Estado argentino para su hallazgo y el desempeño de la cooperación internacional recibida para su localización y rescate”.

La comisión estará integrada por seis diputados nacionales y seis senadores nacionales, designados por los presidentes de cada Cámara, respectivamente. Además, tendrá un presidente y un vicepresidente, los cuales serán elegidos por la comisión, y designará un cuerpo de especialistas, integrado por cinco miembros que serán militares retirados de la Armada Argentina sin procesamientos ni condenas por delitos de lesa humanidad, con grado no inferior a contraalmirante, o civiles con reconocida trayectoria y experiencia  en materia de defensa nacional.

En concreto, la Comisión tendrá como facultades solicitar informes, documentos y antecedentes a cualquier organismo público o a personas físicas o jurídicas públicas o privadas; ordenar la citación de funcionarios públicos y tomar declaraciones testimoniales, las que serán prestadas por lo menos con la presencia de tres miembros; realizar investigaciones de oficio; requerir información o documentación a los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional; emitir dictámenes e informes con recomendaciones al Poder Ejecutivo y al Congreso; denunciar ante el Poder Judicial todo hecho u omisión, surgido de la investigación, que pudiere constituir ilícito y realizar cualquier otra acción que aporte al avance de la investigación, siempre que no correspondan de manera exclusiva al Poder Judicial.

De acuerdo a los previsto,  la comisión concluirá su tarea con un informe final “que deberá ser producido en un plazo no mayor a un año a partir de su conformación”, según establece.  “En caso de ser necesario, y por decisión de la mayoría de sus miembros, su funcionamiento poder prorrogarse hasta un plazo que no podrá exceder el año. Tanto los informes parciales como el informe final serán obligatoriamente públicos”, sostiene.

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15/01/2018