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Lucía Pérez, el juicio: a 25 meses del crimen, la sentencia

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 dará a conocer este lunes a partir de las 14.30 el fallo contra Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel. Un repaso por los puntos claves del caso que conmocionó al mundo.

La existencia o no de violencia de género y contra la mujer y, en ese contexto, de un abuso sexual será la clave en la que se centrará la sentencia que este lunes desde las 14.30 darán a conocer los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata en el marco del juicio que se llevó a adelante en las últimas semanas en la ciudad por el crimen de la adolescente Lucía Pérez (16), ocurrido en octubre de 2016. A esa clave se suma la acusación por venta de droga a menores de edad y cerca de una escuela, que también incluye a dos de los tres acusados. Asimismo, los magistrados deberán resolver si convalidan o no el pedido del Ministerio Público Fiscal que retiró la acusación contra el tercer acusado, imputado por encubrimiento.

En un caso que tuvo demasiadas desprolijidades e idas y vueltas desde aquel 12 de octubre de 2016 cuando la por entonces fiscal de la causa María Isabel Sánchez brindó -según lo que quedó expuesto en el juicio- varias definiciones apresuradas sobre detalles del crimen, este martes la familia de la adolescente podrá recién cerrar una primera etapa -porque sabe que sea cual sea la decisión habrá todavía muchas más- y los tres acusados –Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel– escucharán las definiciones sobre su futuro. Los dos primeros se encuentran con prisión preventiva en la Unidad Penal de Batán y el tercero goza de una morigeración de la prisión en un centro de rehabilitación de adicciones.

A lo largo del proceso fueron numerosos los testigos que pasaron frente a los jueces Pablo Viñas, Aldo Carnevale y Facundo Gómez Urso, aunque todas las miradas estuvieron puestas en la jornada en la que declararon todos -en realidad, aquellos que se presentaron- los peritos que formaron parte de la instrucción de la causa y que tuvieron conclusiones disímiles en torno al causal de muerte de la joven, a la existencia o no de abuso sexual y a si el cuerpo luego del deceso fue lavado y acondicionado.

Las conclusiones de aquella jornada terminaron siendo la ratificación de que Lucía Pérez murió por una asfixia tóxica, con congestión y edema pulmonar y no por el dolor causado por un violento abuso sexual -tal como se había establecido al iniciarse la investigación, aunque luego eso fue descartado incluso en la elevación a juicio-, las afirmaciones de que el cuerpo no fue lavado ni que la joven fue abusada con algún objeto -como señaló también la fiscal inicial del caso en una comentada conferencia de prensa- y la referencia a la falta de lesiones compatibles con un abuso sexual.

En ese marco, este último punto -la falta de lesiones compatibles con un abuso sexual expuestas por los peritos- fue lo que llevó tanto a la fiscalía, representada por Daniel Vicente, como al abogado de la familia de Lucía, Gustavo Marceillac, a presentar testigos tendientes a reforzar la argumentación que plantea que no hace falta que se constaten lesiones visibles para que exista un abuso sexual y a apuntar a “situaciones de vulnerabilidad en la violencia contra la mujer“ y a una “relación desigual de poder” a la hora de pedir condenas teniendo en cuenta “la perspectiva de género”.

Al respecto, el abogado Marceillac concluyó que se trata de “un caso de violencia extrema” y afirmó que “ya no es trascendente” si la adolescente murió por el dolor que le provocó el abuso sexual o si fue abusada con un objeto. Es que, en ese sentido, puso el foco en “adultos que reclutaban menores en la puerta de una escuela para venderles droga y satisfacer sus necesidades sexuales” y señaló que “en este juego perverso y cruel terminaron con la vida de Lucía”.

Respecto a la acusación por venta de droga, los jueces deberán decidir, en primer término, si dan lugar a las nulidades planteadas por la defensora Laura Solari -en representación de los tres imputados- al desacreditar el operativo en el cual se encontró marihuana y cocaína en la camioneta en la que se desplazaban los dos acusados, Farías y Offidani. Esas nulidades fueron rechazadas tanto por la fiscalía como por el particular damnificado.

Asimismo, y en cuanto a la pena a imponerles en caso de que sean encontrados culpables, pesarán mucho los dos agravantes mantenidos en la acusación: por concretar la venta de droga en perjuicio de menores de edad y por hacerlo en inmediaciones de una escuela.

En cuanto a Maciel, al finalizar el debate solo se mantuvo la acusación mantenida por el abogado de la familia de Lucía, teniendo en cuenta que el fiscal retiró la acusación a partir de la falta de pruebas que dieran cuenta de ello durante el debate, no sólo a partir del testimonio de los peritos sino también de distintos profesionales que actuaron en el caso. El abogado Marceillac, por su parte, expuso al pedir los cuatro años y medio de prisión para Maciel que “un análisis integral y armónico de la prueba” permite tener por acreditado que el 8 de octubre de 2016 después de la muerte de la adolescente “auxilió a Farías y a Offidani a borrar rastros, a “higienizar y vestir el cuerpo” y a retirar estupefacientes e información de la casa de Farías.

LOS PEDIDOS DE PENAS DE LAS PARTES

 FISCAL DANIEL VICENTE  

Matías Farías: perpetua. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de autor.

Juan Pablo Offidani: 18 años de prisión. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de partícipe secundario.

Alejandro Maciel: absolución. Llegó al proceso acusado por encubrimiento agravado.

 PARTICULAR DAMNIFICADO, ABOGADO GUSTAVO MARCEILLAC 

Matías Farías. perpetua. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de autor.

Juan Pablo Offidani: perpetua. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de partícipe necesario.

Alejandro Maciel: cuatro años y medio de prisión por encubrimiento agravado.

 DEFENSORA OFICIAL LAURA SOLARI 

Matías Farías: absolución por los dos delitos acusados. De manera subsidiaria, el mínimo de pena por el delito de tenencia de estupefacientes simple con fines de comercialización.

Juan Pablo Offidani: absolución por los dos delitos acusados.

Alejandro Maciel: absolución.