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El gobierno nacional volvió a autorizar aumentos en la telefonía, internet y TV

Alcanzan hasta el 8,9% en febrero y 7,8% en abril, aunque las grandes empresas no suelen cumplir las resoluciones con el amparo judicial.

Aunque las grandes empresas del sector desconocen los límites impuestos en las resoluciones con aval judicial en medio de disputas a través de medidas cautelares, el gobierno nacional autorizó este jueves dos nuevos aumentos de precios para las compañías que prestan los servicios de internet, telefonía celular y televisión por cable y satelital: hasta el 8,9% en febrero y 7,8% en abril.

Los nuevos aumentos para aplicarse a partir del 1° de febrero y desde el 1° de abril fueron autorizados en una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) publicada en el Boletín Oficial en el marco del conflicto existente entre el gobierno y algunas de las grandes empresas -entre ellas Telecom del Grupo Clarín- por aumentos previos sin autorización que nunca fueron devueltos y mientras sigue suspendido judicialmente el decreto que en agosto de 2020 declaró como “servicios públicos esenciales” a la telefonía, internet y la televisión paga.

La autorización firmada por el titular del Enacom, Claudio Ambrosini, establece que las empresas prestatarias de la telefonía móvil “podrán aplicar a partir del 1 de febrero de 2023 un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta de hasta un 9,80% tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de enero. Y a eso suma que desde el 1 de abril se podrán aplicar subas del 7,80% sobre los mismos precios.

La resolución también estipuló una serie de valores máximos para los precios de la modalidad prepaga: así fija a partir del 1° de febrero la recarga de 50 MB de datos móviles por día en $43,40 con impuestos incluidos; el segundo de voz en $0,66 con impuestos incluidos; y los SMS $8,70 con impuestos incluidos. Hacia abril esos valores máximos suben a $46,80, $0,72 y $9,40, respectivamente.

La resolución también habilita la aplicación de los mismos aumentos del 8,9% y 7,8% para las empresas prestatarias de internet, de telefonía fija y de televisión por cable y satelital.

Los últimos aumentos autorizados de manera oficial habían comenzado a regir en octubre -con un 19,8%- y en diciembre -con un 9,8%-.

La resolución, al igual que las anteriores señala que “cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado y que supere los valores expresamente autorizados deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”. Y sostiene que “en aquellos casos en los que algún usuario o usuaria no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio”.

Sin embargo, eso en los hechos no se cumple en el marco de las disputas judiciales que mantienen las grandes empresas del sector como Telecom, Claro, Telefónica y DirecTV con el gobierno nacional.