Domingo 12 de mayo | Mar del Plata
11/08/2023

Empezó la veda electoral rumbo a las PASO: los alcances de las prohibiciones

Desde este viernes a las 8 rige la prohibición de realizar cualquier tipo de declaración de propaganda política. Las limitaciones que impone el Código Electoral.

Empezó la veda electoral rumbo a las PASO: los alcances de las prohibiciones
(Fotos: ilustrativas / Qué digital)

Desde las 8 de la mañana de este viernes, y como ante cada proceso electoral, entró en vigencia la veda en todo el país de cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se desarrollarán este domingo entre las 8 y las 18 para elegir a los candidatos a cargos ejecutivos y legislativos a nivel nacional, provincial y municipal que competirán en las generales del 22 de octubre.

La consecuencia inmediata de la vigencia de la veda, de acuerdo al Código Electoral Nacional, implica la imposibilidad de realizar 48 horas antes de cada elección cualquier tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores, así como también la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

El resto de las prohibiciones estipuladas por la veda electoral irán entrando en vigencia entre la noche del sábado y el domingo: por ejemplo, durante el domingo hasta tres horas de terminada la elección regirá la prohibición de realizar espectáculos masivos -culturales, sociales o deportivos-. Y el sábado desde las 20 quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas hasta tres horas después de finalizados los comicios, es decir las 21 del domingo.

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Como parte de las sanciones contempladas en la ley se encuentran imponer sanciones equivalentes a prisión de quince días a seis meses a las personas que vendan bebidas alcohólicas en el período no autorizado y el mismo tipo de sanción para la persona organizadora de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen durante el desarrollo de la elección y hasta pasadas tres horas.

Punto por punto, las prohibiciones fijadas como parte de la veda por el Código Nacional Electoral:

  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo. 
  • Reuniones de electores durante las horas de la elección dentro de un radio de 80 metros alrededor de las mesas receptoras.
  • Espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde doce horas antes (es decir, las 20 del sábado) hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio (las 21 del domingo)
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

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En estas elecciones PASO el objetivo de las listas de cada una de las categorías será superar el piso del 1,5% del total de votos para llegar a las elecciones generales y en el caso de las que tengan competencia interna dentro de su mismo partido o frente cosechar más cantidad de votos que sus rivales.

veda electoral

De esa manera, quedará definido luego cuáles serán las listas que competirán en las elecciones generales de octubre en las que terminarán de elegirse presidente y vicepresidente de la Nación para el período 2023-2027 y se renovarán las cámaras del Congreso nacional. En todas las provincias del país y en la Ciudad de Buenos Aires se elegirán 130 diputados nacionales -35 por la Provincia de Buenos Aires– cuyos mandatos durarán 4 años (2023-2027). Por otro lado, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz serán electos 24 senadores nacionales (3 por cada una) con mandatos por 6 años (2023-2029).

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También se elegirán parlamentarios  del Mercosur: 19 por igual en todo el país (“distrito nacional”) y otros 24 para cada “distrito regional” destinado a que cada provincia aporte un parlamentario cada una para completar las 43 bancas que tiene el país.

En la provincia de Buenos Aires se eligen gobernador y vicegobernador, 46 diputados provinciales y 23 senadores provinciales, 135 intendentes, 1097 concejales y 401 consejeros escolares. Con respecto a la elección de senadores de acuerdo a las secciones electorales se elegirán 3 por la Capital, 5 por la Segunda, 9 por la Tercera y 6 por la Sexta. En cuanto a diputados serán 15 por la Primera, 14 por la Cuarta, 11 por la Quinta -en la que está General Pueyrredon- y 6 por la Séptima.

En Mar del Plata en particular se elegirá intendente, se renovará la mitad del Concejo Deliberante, es decir 12 de las 24 bancas, y la mitad del Consejo Escolar, es decir 5 de los 10 integrantes.

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11/08/2023