Domingo 28 de abril | Mar del Plata
22/06/2017

Electrodependientes: clínicas piden ser beneficiarias de la ley

La federación que nuclea las instituciones busca que el Oceba las incluya en el marco de la norma, teniendo en cuenta que tienen “consumos extraordinarios de energía eléctrica” y no pueden “ahorrar energía”.

Electrodependientes: clínicas piden ser beneficiarias de la ley
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

La Federación de Clínica, Sanatorios, Hospitales y otros establecimientos de la provincia de Buenos Aires (Fecliba) le solicitó una audiencia al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (Oceba) con el fin de evaluar la incorporación de las instituciones sanatoriales dentro del marco de beneficiarios de la Ley de Electrodependientes.

En medio de las críticas por el impacto de los aumentos eléctricos, y las idas y vueltas judiciales en ese mismo sentido, desde la Fecbliba repararon en la situación que cumplen las instituciones sanatoriales, teniendo en cuenta que “cuando un paciente se interna, pasa a ser, en la mayoría de los casos, electrodependiente de los distintos aparatos que resultan indispensables para su tratamiento”.

“Por tal motivo, la Federación solicitó a Oceba la inclusión de los establecimientos, de manera parcial o total, en los beneficios otorgados a los hogares donde vivan personas electrodependientes”, expusieron desde la entidad, en relación a la Ley 14.560, sancionada por unanimidad con el objetivo de garantizar el servicio y la gratuidad del suministro eléctrico para los hogares con personas cuyos problemas de salud los obligan a depender del uso permanente de equipos eléctricos.

En ese sentido, quienes representan a las clínicas, hospitales y sanatorios de la provincia de Buenos Aires hablaron de los “consumos extraordinarios de energía eléctrica” y expusieron que “las instituciones de la salud de la Provincia albergan a pacientes que, por su condición, no pueden trasladarse a sus hogares y su dependencia de la aparatología eléctrica es aún mayor, por lo que es indispensable que el suministro esté garantizado”.

“Por lo tanto los establecimientos de salud deben ser encuadrados dentro del marco de la Ley 14.560”, señalaron, al entender que “las instituciones de salud de la Provincia no cuentan con la posibilidad de obtener subsidios ni una tarifa social para afrontar los abultados gastos de energía eléctrica, pese a todas las presentaciones realizadas ante los organismos correspondientes”.

Sobre esto último, desde la Fecliba cuestionaron también el hecho de que la recomendación de “ahorro de energía” en estos casos “es inviable” porque un establecimiento de la salud “trabaja las 24 horas del día y los 365 días del año” y “el consumo eléctrico de la aparatología en servicios esenciales no permite tener un cronograma de ahorro del servicio eléctrico”.

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22/06/2017