Domingo 12 de mayo | Mar del Plata
04/02/2016

Las farmacias no podrán vender repelentes ni profilácticos

Se trata de una disposición provincial firmada por el exgobernador Daniel Scioli que entrará en vigencia en seis meses y que prohíbe ventas que no tengan que ver con lo medicinal. Además, obliga a incorporar directores técnicos.

Las farmacias no podrán vender repelentes ni profilácticos
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

La farmacias que funcionan en la provincia de Buenos Aires no podrán vender artículos como profilácticos, toallas femeninas, termómetros, tensiómetros, cepillos de dientes, peines, pañales descartables y repelentes para insectos, cuando dentro de seis meses entre en vigencia un decreto que el entonces gobernador Daniel Scioli firmó días antes del vencimiento de su mandato.

La novedad, que limita la venta de gran cantidad de productos considerados no farmacéuticos y además incrementa la cantidad de profesionales que deberán estar al frente de estos comercios, fue publicada por la agencia Télam y se conoció a partir de su aparición en el Boletín Oficial bonaerense.

La Cámara de Farmacias Bonaerense (Cafabo) informó que analiza el impacto que tendrá en el sector la nueva reglamentación de la ley 10.606 que rige la actividad, firmada por el 2 de diciembre de 2015 y publicada en el Boletín Oficial el 26 de enero pasado.

“Esta norma prohíbe todo tipo de venta que no tenga que ver estrictamente con lo curativo y medicinal y no tiene en cuenta que muchas veces lo producido por esas ventas subsidia al farmacéutico por los pagos retrasados de las obras sociales”, informaron desde Cafabo. Además obliga a incorporar directores técnicos para aquellas farmacias que funcionen más de ocho horas diarias.

“Como de la lectura del nuevo decreto se desprenden cambios que pueden perjudicar a nuestras farmacias, analizamos todas las posibilidades para realizar las acciones que del mismo se desprendan en defensa de los intereses de nuestras farmacias asociadas”, sostuvo Cafabo.

En el decretó se estableció que la farmacia “es un servicio de utilidad pública para la dispensación de los productos destinados al arte de curar, de cualquier origen y naturaleza, así como la preparación de fórmulas magistrales y oficinales, material aséptico, inyectables, productos cosméticos o cualquier otra forma farmacéutica con destino a ser usadas en seres humanos”.  De esta manera, con la nueva normativa, las farmacias de la provincia quedarían limitadas para vender productos no medicinales que hoy ofrecen.

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04/02/2016