Macri fijó seis feriados puente para los próximos dos años
Tras la ley aprobada en el Congreso, este viernes se publicó en el Boletín Oficial. En 2018 serán tres correspondientes a los lunes 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre.
Después de las advertencias a partir de que se vencía el plazo correspondiente, el gobierno nacional estableció que durante 2018 y 2018 volverá a haber tres feriados puente cada año, en sintonía con la ley aprobada en el Congreso semanas atrás y teniendo en cuenta los numerosos reclamos de los sectores turísticos. Para el año que viene estableció como “puentes” los lunes 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre mientras que para 2019 fijó los lunes 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
El decreto 923 fue publicado este viernes en el Boletín Oficial y fija los “días no laborables 2018-2019 con fines turísticos” a partir de la Ley Nº 27.399, que estableció el régimen de feriados nacionales y días no laborables y que “facultó al Poder Ejecutivo a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.
De esta manera, el gobierno consideró “conveniente fijar para los años 2018 y 2019 los días no laborables con fines turísticos” y estableció que para el 2018 sean los lunes 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre que anteceden a los feriados del Día del Trabajo, Navidad y Año Nuevo y para 2019 los lunes 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre, en la previa de los feriados del Día de la Independencia, del Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín y del Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
El decreto el poder Ejecutivo también tiene en cuenta la Ley Nº 25.997 y su modificatoria que declaró de interés nacional al turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país” y remarca que “el turismo es un derecho social y económico de las personas dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades”.
En la previa de la publicación del decreto, desde la Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) de Mar del Plata habían destacado el gran apoyo que tuvo la ley, que fue aprobada en el Congreso de la Nación y reglamentada por el propio Poder Ejecutivo algunas semanas después. Cabe recordar que la decisión del gobierno de quitar los feriados puente había cosechado numerosos rechazos.
FERIADOS NACIONALES INAMOVIBLES
1° de enero: Año Nuevo.
Lunes y Martes de Carnaval.
24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Viernes Santo.
2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
1° de mayo: Día del Trabajo.
25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
9 de julio: Día de la Independencia.
8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
25 de diciembre: Navidad
FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES
17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional