Domingo 12 de mayo | Mar del Plata
13/07/2019

Nuevo mecanismo para acceder a la tarifa social del gas: cómo tramitarla

Desde Camuzzi informaron que todas las nuevas solicitudes deben ser cursadas a través del sitio web de la Anses. Quienes ya tienen el beneficio no deben hacer ningún trámite adicional.

Nuevo mecanismo para acceder a la tarifa social del gas: cómo tramitarla
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

El procedimiento para tramitar y acceder a la tarifa social del gas presenta modificaciones desde este mes por lo que desde la empresa Camuzzi informaron la nueva modalidad que se debe tener en cuenta, y apunta, concretamente a que las nuevas solicitudes deben ser cursadas únicamente a través del sitio web de la Anses. Por su parte, señalaron que quienes ya tienen el beneficio no deben hacer ningún trámite adicional.

En detalle, desde Camuzzi informaron que, en el marco de lo dispuesto por la Secretaria de Energía de la Nación, se han instrumentado cambios en el procedimiento para acceder a la tarifa social. Así, a partir del 1° de julio pasado todas las nuevas solicitudes deberán ser cursadas a través del sitio web de la Administradora Nacional de la Seguridad Social (www.anses.gob.ar).

Para ello, los usuarios deberán ingresar con su número de CUIL y su correspondiente clave de la seguridad social. Esta clave es de uso personal, intransferible y permite efectuar distintos trámites de manera segura en la web de Anses.

Una vez dentro del sistema, el solicitante deberá elegir en la columna izquierda, Programas > Tarifa Social. Y verificar que los datos personales y relaciones familiares estén actualizados. Luego de cargar los datos de contacto, recibirá un código de confirmación al celular y al correo electrónico informado.

Así se deberán seguir los pasos del sistema y luego habrá que ingresar correctamente el número de cuenta que figura en la factura de Camuzzi correspondiente. Y finalmente el solicitante recibirá un correo electrónico con la constancia de solicitud de la tarifa social y podrá consultar el estado de la solicitud ingresando a “Mi ANSES”.

Desde Camuzzi destacaron que en el marco de estos nuevos cambios aquellos usuarios que ya cuentan con tarifa social no deberán hacer ningún trámite adicional.

“El otorgamiento de la Tarifa Social depende exclusivamente de la Secretaría de Energía y todos los meses se realizará un control para definir su mantenimiento. La vigencia desde el otorgamiento será por doce meses, con posibilidad de renovación anual”, puntualizaron.

¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS DE LA TARIFA SOCIAL?
  • Jubilados y pensionados.

  • Trabajadores en relación de dependencia.

  • Trabajadores monotributistas.

  • Personas que cobren programas sociales.

  • Empleados del servicio doméstico.

  • Monotributistas sociales.

  • Personas que cobran la Prestación por Desempleo.

  • Personas que cobran la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

  • Personas que cobran una Pensión no Contributiva.

  • Titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).

REQUISITOS

Para poder acceder a la tarifa social los interesados deberán:

  • Tener actualizados los datos personales y del grupo familiar (padre/madre-hijo/tenencia y cónyuge/conviviente) en ANSES.

  • Ser titular del servicio de gas natural. Si el usuario no tuviera la factura a su nombre, podrá solicitar la Tarifa Social provisoria y tendrá 3 meses para actualizar la titularidad del servicio.

  • Los integrantes del grupo familiar no pueden tener más de un medidor de gas a su nombre.

  • El ingreso del titular del servicio de gas no debe superar 2 salarios mínimos, vitales y móviles. Se consideran los ingresos brutos (sin descuentos). No se sumarán los ingresos correspondientes a la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, a programas sociales, al régimen especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y a la Prestación por Desempleo.

  • Poseer un vehículo con menos de 10 años de antigüedad (este requisito no aplica para las personas que tengan emitido un certificado de discapacidad).

  • Poseer más de un inmueble.

  • Poseer aeronaves y/o embarcaciones de lujo.

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13/07/2019