Miércoles 08 de mayo | Mar del Plata
06/05/2020

Gas: Camuzzi aclaró que “se encuentra tomando lectura real de los medidores”

Lo informó en referencia a una reciente resolución del Enargas que estableció que en los casos de “medición estimada” se deberá facturar el mínimo registro de los últimos tres años.

Gas: Camuzzi aclaró que “se encuentra tomando lectura real de los medidores”
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

La empresa prestadora del servicio de gas en Mar del Plata Camuzzi informó que se encuentra actualmente “tomando lectura real de los medidores (no estimada) por lo que el proceso de facturación se está llevando a cabo de manera regular”. Lo hizo a modo de aclaración sobre una reciente resolución del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que días atrás estableció que en los casos en los que las empresas realizan “medición estimada” se deberá facturar el mínimo registro de los últimos tres años.

Luego de la difusión de la resolución del Enargas y de una repercusión generada por la Liga de Amas de Casa y Consumidores de Mar del Plata, la compañía subrayó que las resoluciones “están estrictamente vinculadas a los casos en donde una distribuidora deba estimar el consumo de un usuario, o cuyo consumo haya sido estimado y se deba proceder a su refacturación”.

En este sentido, desde Camuzzi sostuvieron que “se encuentran actualmente tomando lectura real de los medidores(no estimada) por lo que el proceso de facturación se está llevando a cabo de manera regular”.

Y plantearon que “de existir la necesidad de efectuar una estimación y/o refacturación” en esos casos “actuará en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la autoridad regulatoria”.

Las resoluciones del Enargas, señalaron desde Camuzzi, están dirigidas a usuarios no residenciales que no se encuentran produciendo o si lo están, con niveles muy por debajo de lo habitual; y a usuarios residenciales nuevos que no tengan un historial de consumo o este sea menor a un año. “Para aquellos casos se ha dispuesto que estos usuarios podrán informar a la distribuidora el volumen de gas consumido a través de una Declaración Jurada dispuesta en la página web de la compañía”, explicaron.

Y sumaron que además el Enargas “establece que durante un plazo de 60 días, en todos aquellos casos en los que se efectúe una facturación estimada, y en donde los usuarios no hicieran uso del mecanismo allí dispuesto (informar el consumo mediante declaración jurada), a los efectos de la facturación se deberá considerar el menor consumo registrado correspondiente a igual período al que se procede a estimar, sobre la base de los consumos históricos del usuario de los últimos tres años”.

“El Enargas también ha dispuesto que ante la refacturación de los consumos estimados las diferencias a favor del usuario deberán ser reintegradas en la primera factura que se haga a partir de una lectura real. En aquellos casos en donde las diferencias resulten a favor de la distribuidora, el usuario deberá cancelar el saldo correspondiente a partir del 1 de octubre en tres cuotas iguales y consecutivas”, sumaron y plantearon trabajar “en la adecuación de sus sistemas informáticos y de facturación para poder cumplimentar con las mencionadas resoluciones en aquellos casos en donde corresponda”.

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06/05/2020