Domingo 28 de abril | Mar del Plata
28/06/2019

Gas: dejan sin efecto la cautelar que impedía los cortes por falta de pago

La resolución resguardaba desde el año pasado a aquellos “usuarios vulnerables” de todo el país, pero ahora quedó sin efecto a partir de la decisión de la Cámara de Apelaciones federal.

Gas: dejan sin efecto la cautelar que impedía los cortes por falta de pago
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

A partir de una reciente resolución de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, las empresas prestatarias del servicio de gas en todo el país vuelven a tener la posibilidad de suspender el suministro del servicio ante la falta de pago, sin importar las condiciones de vulnerabilidad de los usuarios. Se trata de un revés judicial, teniendo en cuenta que el año pasado se había dictado una medida cautelar que impedía los cortes por falta de pago para aquellos “grupos vulnerables” que no tuvieran los recursos para pagar.

La resolución de los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández responde a la presentación de una serie de apelaciones tanto por parte del por entonces Ministerio de Energía y Minería como del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), en el marco de la acción de amparo interpuesta por la Asociación de Consumidores Argentinos.

Y en ese marco, lo que resolvieron los magistrados que integran la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo fue dejar sin efecto la medida cautelar dictada el año pasado por el juez federal Alejo Ramos Padilla, que impedía que las empresas prestatarias del servicio público de gas de todo el país procedieran a suspender el servicio por falta de pago.

Al respecto, Sergio Procelli, titular de Consumidores Argentinos, consideró que con su accionar, la justicia “deja sin protección a los usuarios vulnerables de todo el país permitiendo que las empresas de gas corten el servicio”. “Esto sucede en la semana en la que se intentan disimular los aumentos, trasladándolos al verano, y previo a un nuevo aumento de las garrafa social. Los funcionarios Argento, Grecco y Fernández, actuando permisivamente en favor de las empresas, intentan evitar que se presenten más reclamos en el interior del país”, criticó.

 ¿QUÉ DICEN LOS JUECES DE LA CÁMARA DE APELACIONES? 

Según consta en la resolución de fecha 27/06/2019, para los magistrados “resulta inoficioso pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto, ya que carece de vigencia –a la fecha- la medida cautelar otorgada por resolución del 4 de junio de 2018”.

Y en ese sentido, los jueces consideraron que la cautelar otorgada importó “vedar facultades propias de la autoridad de aplicación al imponer la continuidad en la prestación del suministro e impedir los cortes derivados de la falta de pago”.

Además, en su resolución los magistrados de Cámara ahondan acerca de “la calificación de la situación de vulnerabilidad” y al respecto señalan que frente a ella “resulta inaplicable la vigencia temporal de la cautelar”, ya que la misma debe encontrarse acreditada al momento de su otorgamiento y -por el contrario- “no resulta viable admitir que tal situación sea probada con posterioridad”.

Ante este escenario, el referente de Consumidores Argentinos criticó que con esta resolución, los magistrados den a entender “que no está probada la situación de vulnerabilidad, consideran que eso de alguna manera está cubierto por la tarifa social”. Y en ese sentido, cuestionó que la Cámara diga “que los jueces del interior no tienen competencia para atender cuestiones vinculadas con las tarifas de gas, que solo son los de Capital Federal”.

“Eso es grave, porque cualquier cuestionamiento a la tarifa o al servicio tiene que hacerse entonces en Capital Federal, con esos jueces. Y esas dos cuestiones son las que la Cámara sostiene. Por eso el lunes vamos a presentar un recurso de apelación y tendrá que resolver la Corte Suprema, pero en el mientras tanto la cautelar ya no tiene efecto”, completó.

LA RESOLUCIÓN COMPLETA

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

28/06/2019