Viernes 26 de abril | Mar del Plata
12/02/2017

Los argumentos de los fiscales para que Pulti vaya a juicio

Sostienen que el exintendente dispuso ilegalmente de más de $45 millones y realizó 80 giros en descubierto por encima de los montos autorizados. Apuntan contra el “conocimiento y voluntad de Pulti en transgredir la normativa”.

Los argumentos de los fiscales para que Pulti vaya a juicio
(Fotos: archivo / QUÉ Digital)

La investigación que se inició a partir de la presentación realizada en el inicio de la gestión de Carlos Arroyo por el entonces secretario de Hacienda José Cano derivó esta semana en el pedido de la fiscalía de Delitos Económicos para que el exintendente Gustavo Pulti y dos de sus funcionarios enfrenten un juicio oral bajo la acusación de malversación de caudales públicos e incumplimiento de deberes de funcionario público. En la requisitoria, los fiscales sostienen que el exintendente dispuso ilegalmente de más de $45 millones y realizó 80 giros en descubierto por encima de los montos autorizados, con la generación de intereses de más de $5 millones y medio.

Antes de asumir el 10 de diciembre de 2015, Cano advirtió que Pulti “tendría problemas con la Justicia” y el 16 de ese mes, con números bajo el brazo, anunciaba la concurrencia a la Justicia para concretar la denuncia. Esa denuncia, hoy tiene como imputados y bajo el pedido de elevación a juicio -que debe resolver el juez de Garantías Saúl Errandonea- a Pulti y a su exsecretario de Economía, Daniel Pérez, al igual que al por entonces secretario de Desarrollo Productivo, Mariano Pérez Rojas.

En la requisitoria, los fiscales ratificaron cinco de los hechos investigados inicialmente y pidieron el sobreseimiento de Pulti y Pérez para uno de ellos.

HECHOS Y ARGUMENTOS

En cuanto al primero de los hechos, dado entre junio y septiembre de 2015 que acusa a Pulti y Pérez de “disponer de los fondos de terceros percibidos por el Municipio en carácter de depositario, dándoles un destino diferente al que aquellos legalmente tenían”, los fiscales concluyeron que los exfuncionarios dispusieron ilegalmente de la suma total de $ 35.208.344.

En este sentido, los fiscales exponen que los imputados hicieron referencia en sus declaraciones a modo de justificación a la posibilidad de disponer de fondos por razones de urgencia y excepcionalidad. Sin embargo, cuestionan los aspectos esgrimidos  por los exfuncionarios bajo esa justificación que fueron deudas mantenidas por el Estado Provincial, la devaluación, conflicto con la empresa 9 de Julio, creación de la Secretaría de Seguridad y reclamo salarial de los trabajadores municipales, entre otras.

“No se requiere una mirada entrenada para advertir que ninguno de estos hechos merece ser calificado como extraordinario, por lo tanto la gravedad del cuadro  económico y financiero  que exponen hoy Pulti y Perez no puede operar como causa de justificación legal de sus conductas”, sostienen.

PRESUPUESTO DANIEL PEREZ

Daniel Pérez, exsecretario de Hacienda

El segundo hecho, en tanto, fue por el que los fiscales pidieron el sobreseimiento de ambos. En él los acusaban de, entre noviembre de 2014  y enero de 2015, disponer y autorizar giros en descubierto en la cuenta corriente perteneciente al Municipio del Banco de la Provincia sin encontrarse debidamente autorizados por el Concejo Deliberante. Sin embargo, en el pedido de sobreseimiento sostienen que luego de confirmada la hipótesis exculpatoria presentada por los imputados “no se reúnen elementos de convicción suficientes para responsabilizar penalmente a  Pulti y Pérez”.

En referencia al tercer hecho, que los acusa de incumplir lo dispuesto por la ordenanza 22.081 complementaria al Presupuesto 2015 que autorizaba al Ejecutivo a la obtención de financiamiento transitorio, pero no acudieron formalmente al Concejo Deliberante para pedir autorización,  los fiscales detallan 80 giros en descubierto hechos por la gestión de Pulti entre abril y noviembre de 2015 por encima de los montos  autorizados, y puntualizan que originaron intereses bancarios por la suma aproximada de $ 5.647.168.

En la requisitoria, los fiscales señalan una serie de documentos que “valorados de manera conglobada con las insistencias de los contadores municipales dan cuenta del conocimiento y voluntad de Gustavo Pulti en transgredir la normativa que regulaba la financiación para el año 2015”.

GUSTAVO PULTI FISCALIA DECLARACION

Pulti en el ingreso a la Fiscalía de Delitos Económicos

Por otro lado, descartan uno de los argumentos vertidos por Pulti en su defensa pública respecto a la concreción de estas maniobras para atender “las necesidades públicas de pagar sueldos, aportes y todos conceptos que garanticen la continuidad funcional de los servicios de la municipalidad de cara a la sociedad”.

“El contexto real de inflación, inseguridad, demoras de liquidación de compromisos, reclamos salariales y gastos en educación  planteado por  los imputados, si bien existía, en modo alguno puede constituirse como un justificante del accionar reprochado desde que pese a su gravedad las causas que lo originaron no se apartan de lo ordinario”, afirman y remarcan que “Pulti y Perez sabían que tenían  a su alcance herramientas legales a las cuales acudir para paliar esa situación” al tener en cuenta  su calidad de contadores públicos.

Los otros tres hechos que forman parte de la acusación hacen hincapié en la organización de las tres ediciones de la Expo Industria en los que se cuestiona un acuerdo con la Asociación Civil de Desarrollo Estratégico, encabezada por el secretario de Desarrollo Productivo, Mariano Pérez Rojas, a partir de una “serie de actos en violación a los requisitos legales y reglamentarios en materia de compras con el objeto de organizar un evento multitudinario que originó ingresos y gastos sin cumplir con las normas que regulan la contratación directa, el concurso de precios y las licitaciones”.

Para la fiscalía, los funcionarios incumplieron con sus funciones ya que la asociación civil estuvo a cargo de la comercialización. Sobre este punto, remarcan que al revestir el Estado el carácter de organizador del evento conjuntamente con asociación “los ingresos debieron ser percibidos a través de la Tesorería Municipal y las contrataciones debieron cumplimentar los requisitos legales y reglamentarios en materia de compras y contrataciones”.

MARIANO PEREZ ROJAS ©

Mariano Pérez Rojas, exsecretario de Desarrollo Productivo

Al reiterarse esta conducta en tres oportunidades, de la resolución surge que el Municipio autorizó el otorgamiento a la asociación de un total de $10.800.000: en 2012 fueron $2.000.000; en 2013 $3.300.000; y en 2014 $5.500.000.

“La condición de  máximo responsable de la administración municipal, su profesión de contador público y la lógica pura permiten asumir que Gustavo Pulti conocía las responsabilidades contractuales y extracontractuales que originan contratos administrativos en los cuales el Estado es parte contratante y a la vez organizadora”, cuestionan en el pedido de elevación a juicio.

PENAS

En cuanto al delito de malversación de caudales públicos, el artículo 260 del Código Penal postula que “será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resulta daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída”.

Y en referencia al delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, el artículo 248 establece que “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

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12/02/2017