Miércoles 15 de mayo | Mar del Plata
30/08/2020

Condenaron a un hombre en el primer juicio virtual de Mar del Plata

El Juzgado Correccional Nº4 condenó a un año y diez meses de prisión a un hombre por ingresar por la fuerza a la casa de su expareja.

Condenaron a un hombre en el primer juicio virtual de Mar del Plata
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

En el primer juicio oral realizado de manera virtual en Mar del Plata, el Juzgado Correccional Nº4 condenó esta semana a un hombre 63 años a la pena de un año y diez meses de prisión de ejecución condicional por haber ingresado por la fuerza a la casa de su expareja luego de varios episodios de hostigamiento y pese a la interposición de diversas medidas tramitadas en la Justicia de Familia como la exclusión del hogar y restricciones de acercamiento.

La sentencia la dictó el martes el juez Pedro Hooft luego de dos audiencias que se realizaron entre el 18 y el 19 de agosto de manera virtual con cada una de las partes conectadas. El magistrado destacó en la propia resolución la “corrección y solvencia de todos los operadores jurídicos intervinientes” (el fiscal Alejandro Pellegrinelli, el abogado de la particular damnificada, Marcelo Savioli Coll, y el defensor Gonzalo La Menza), además del acusado y la víctima, en el marco de las jornadas de debate realizadas a través de la plataforma Microsoft Teams.

Se trató del primer juicio en el Departamento Judicial de Mar del Plata que se llevó adelante de manera virtual, en el marco de la pandemia del coronavirus, y teniendo en cuenta que la causa corría riesgo de prescribir por el tiempo trascurrido.

En cuanto a la resolución, en la sentencia, el titular del Juzgado Correccional Nº4 condenó a Vicente Almada a la pena de un año y diez meses de prisión de ejecución condicional, es decir sin ir a prisión bajo la imposición de una serie de reglas de conducta, por el delito de violación de domicilio, para el cual se tuvo en cuenta como agravante el contexto de violencia de género ocurrido en los meses anteriores a la denuncia penal, con hechos que habían derivado en que el hombre fuera excluido del hogar por resolución de la Justicia de Familia y que se le impusieran sucesivas restricciones de acercamiento.

Al condenarlo, como reglas de conducta el juez le impuso al acusado la obligación de constituir un domicilio, ser controlado por el Patronato de Liberados de manera bimestral, realizar un tratamiento psicológico y mantener la restricción de todo tipo de acercamiento respecto de la víctima.

El hecho juzgado ocurrió  el 10 de noviembre de 2017 cuando el hombre ingresó por la fuerza y luego de diversos episodios de hostigamiento al edificio y al departamento de su expareja, quien había decidido separarse en 2016 en un contexto de violencia de género, que había motivado la actuación de la Justicia de Familia.

En ese marco, primero se había determinado la exclusión del hogar de Almada en tanto que también se decretaron restricciones de acercamiento y, pese a ello, comenzó el hostigamiento hacia los padres y amigas de la víctima, lo que derivó en una nueva medida restricción, vigente hasta septiembre de 2017.

En el episodio de noviembre de 2019 intervinieron vecinos de la mujer que lograron retirar del domicilio al acusado, quien finalmente se retiró ante la advertencia de que se había dado aviso a la policía.

En la sentencia, además, el juez Hooft absolvió al hombre de un segundo delito, “defraudación por retención indebida”, en torno a un auto que no había sido devuelto por el acusado a la mujer.

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30/08/2020