Sábado 27 de abril | Mar del Plata
28/06/2016

Condenaron a un hombre por golpear a su hija

El Juzgado Correccional Nº2 le impuso la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por un hecho ocurrido en agosto de 2014 en Santa Clara del Mar.

Condenaron a un hombre por golpear a su hija
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Un hombre de 43 años fue condenado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por golpear a su hija en agosto de 2014 en una casa de la localidad de Santa Clara del Mar. Además, le impuso realizar un tratamiento psicológico y la prohibición de acercarse a la víctima y a su entorno familiar en un radio de cien metros.

Según consta en la causa, el hecho se produjo en horas de la tarde cuando la familia se encontraba en el interior de la vivienda de Santa Clara, y la madre de la joven le solicitó a su hija que fuera a realizar unas compras para preparar la cena, a lo que se negó al decir que se encontraba cansada. Como consecuencia, el padre, identificado como Oscar Alejandro Lozano, le gritó y le dijo que “debía tener respeto hacia sus padres”, la tomó del pelo y comenzó a golpearla a puño cerrado.

El hecho se produjo ante la presencia no solo de la madre de la joven sino también de su hermana, menor de edad. Inicialmente, el hecho fue calificado por la fiscalía de Mar Chiquita como “lesiones leves agravadas por el vinculo” y fue imputado Lozano, quien oportunamente fue citado a prestar declaración indagatoria por este hecho y otros dos más.

Una vez cumplidas las medidas de prueba, la causa fue elevada a juicio y el fiscal Rodolfo Moure pidió ante la titular del Juzgado Correccional Nº2, Ana Fernández  la pena de un año y nueve meses de ejecución condicional para el imputado por considerarlo autor penalmente responsable de lesiones leves y otro delito calificado como amenazas en concurso real contra la madre de la víctima y su hermana.

Finalmente el Juzgado Correccional Nº 2 absolvió a Lozano por las amenazas y lo condenó como autor penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo con las condiciones especiales de fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados, realizar un tratamiento psicológico y la prohibición de acercarse a la víctima y a su entorno familiar en un radio de cien metros.

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28/06/2016