Sábado 27 de abril | Mar del Plata
09/11/2020

Las empresas ya pueden hacer el trámite del nuevo ATP a través de AFIP

Desde este lunes empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción podrán tramitar los créditos a tasa subsidiada.

Las empresas ya pueden hacer el trámite del nuevo ATP a través de AFIP
(Foto: ilustrativa/ Qué digital)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el trámite en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para que empleadores que estén registrados a partir de este lunes y hasta el próximo jueves 19 de noviembre puedan acceder al sistema para tramitar los créditos a tasa subsidiada destinados al pago de los salarios de octubre.

“Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive”, estableció el organismo fiscal a través de un comunicado.

Cabe recordar que el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP dispuso que las empresas registradas que presentaron una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán “tramitar un crédito a tasa subsidiada del 27%“.

Por otro lado, desde la AFIP en el comunicado detallaron que aquellos empleadores que registraron una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán “tramitar un crédito a tasa subsidiada del 33%”. A su vez, las firmas de sectores considerados críticos que presentan una variación nominal positiva en su facturación “estarán habilitadas a solicitar un crédito en dichas condiciones”.

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En esta etapa, el trámite ATP para las empresas  que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para “tramitar su crédito a tasa subsidiada desde el sábado 14 hasta el jueves 19 de noviembre, inclusive”.

Las empresas que accedan a los créditos a tasa subsidiada contarán con un período de gracia de tres meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

También especificaron que los empleadores que “cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito” van a recibir un reintegro total o parcial del beneficio.

La AFIP estableció la modalidad un crédito a tasa subsidiada y señaló que el sistema para tramitar los créditos quedó habilitado a partir de este lunes, con la publicación de la Resolución General 4853 en el Boletín Oficial. El proceso para acceder al financiamiento se inicia a través del sitio web de la Afip: www.afip.gob.ar.

Por último, detallaron que “el sistema determinará e informará el monto máximo” al que puede acceder cada empleador y los contribuyentes deberán “ingresar una dirección de correo electrónico ya que el trámite se finaliza en la entidad bancaria seleccionada”.

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09/11/2020