Lunes 29 de abril | Mar del Plata
02/09/2019

Dólar: empiezan a regir las medidas de restricción

Tras el decreto emitido este domingo por el gobierno nacional, se pone en marcha el control cambiario.

Dólar: empiezan a regir las medidas de restricción
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

Luego de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) tomado este domingo por el gobierno nacional este lunes empiezan a regir en todo el país las medidas de control de cambiario  y restricción en la compra de dólares. Además, en este contexto, a partir de este lunes también los banco podrán estar abiertos hasta las 17 “para atender las necesidades de los clientes”.

El Banco Central emitió un comunicado en el que resumió las medidas tomadas en las últimas horas en el marco de la fuerte crisis y que oficializó este domingo.

“El Directorio del Banco Central de la República Argentina dictó medidas que establecen parámetros en el mercado de cambios, que tienen como objetivo mantener la estabilidad cambiaria y proteger a los ahorristas”, expuso.

En primer término, desde la entidad detallaron que a través de las disposiciones comienzan este lunes a regularse los ingresos y los egresos en el mercado de cambios. “Esta normativa mantiene la plena libertad para extraer dólares de las cuentas bancarias, tanto para personas físicas como jurídicas, no afecta el normal funcionamiento del comercio exterior y tampoco introduce ninguna restricción a los viajes”, repararon.

Y así detallaron que la medida establece que los exportadores de bienes y servicios deben liquidar sus ingresos de divisas en el mercado local. “Para las exportaciones que se realicen a partir del 2 de septiembre de 2019 deberán liquidarse los dólares como máximo 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). Mientras que para las exportaciones oficializadas, antes del 2 de septiembre de 2019”, puntualizaron y sumaron que “para los egresos, no hay restricciones para la compra de divisas para el comercio exterior”.

Por su parte, explicaron que a partir de este lunes “las personas jurídicas residentes podrán comprar divisas sin restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento, pero necesitarán conformidad del Banco Central de la República Argentina para comprar divisas para la formación de activos externos, para la precancelación de deudas, para girar al exterior utilidades y dividendos y realizar transferencias al exterior.

Por otro lado, y en torno las principales dudas que empezaron a aparecer tras la oficilización de las medidas, desde el Banco Central sostuvieron que “las personas humanas no tendrán ninguna limitación para comprar hasta USD 10.000 por mes” pero señalaron que sí “necesitarán autorización para comprar sumas mayores a ese monto”.

Asimismo, apuntaron que “las operaciones que superen los USD 1.000 deberán realizarse con débito a una cuenta en pesos, ya que no podrán realizarse en efectivo” y agregaron que “tampoco estará permitido hacer transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de USD 10.000 por persona por mes, excepto entre cuentas de un mismo titular: en este caso no habrá ninguna limitación.”

También sumaron que “las personas humanas y jurídicas que no sean residentes podrán comprar hasta USD 1.000 por mes y no podrán realizar transferencias de fondos de cuentas en dólares al exterior”.

 HORARIO DE BANCOS EXTENDIDO 

Como parte de las medidas, desde el Banco Central explicaron que los bancos a partir de este lunes podrán mantener abiertas sus sucursales hasta las 17 “para atender las necesidades de los clientes”.

“El Banco Central de la República Argentina habilitó a los bancos a extender el horario de atención al público durante un mes a fin de atender completamente las necesidades de sus clientes. El horario de atención a partir del lunes 2 y hasta fin de mes, si los bancos lo disponen, será de 10 a 17. Es decir, dos horas más que el horario habitual”, expuso el comunicado.

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02/09/2019