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10/08/2019

Elecciones 2019: registro de infractores y multas por no ir a votar

QUÉ Digital acerca el sistema de la Justicia Electoral que permite a los electores verificar si aparecen como infractores y regularizar la situación o efectuar un reclamo.

Elecciones 2019: registro de infractores y multas por no ir a votar
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

Con vistas a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de este domingo 11 de agosto, la Justicia Nacional Electoral mantiene activa la consulta al Registro de Infractores al Deber de Votar a través de internet (infractores.padron.gov.ar), para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor -en caso de no haber votado en alguna elección pasada- y regularizar su situación mediante el pago de una multa o efectuar el reclamo considere pertinente.

Aquellas personas que figuren como infractores, podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa. Para ello, a través de la misma pagina de consulta de la Justicia Nacional Electoral podrán generar e imprimir la boleta de pago o bien abonarlas rápidamente en la misma web por algún medio electrónico. No obstante, en los casos en que los electores que figuren como infractores consideren que esa situación no es correcta, pueden efectuar el reclamo allí mismo.

Según el Código Electoral Nacional, el monto de la multa es $50 para quien no emita su voto. El monto varía en caso de múltiples ausencias en elecciones previas y puede llegar hasta los $500.

“Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”, plantea el Código. En este sentido, establece que “cuando se acreditare la no emisión por alguna de las causales que prevé el artículo 12, se entregará una constancia al efecto”. Y suma que “el infractor incluido en el Registro de infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección”.

¿Qué pasa si el elector figura como infractor y tiene el troquel que acredita que votó? Puede efectuar el reclamo también a través de la misma página web o acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio -en el caso de la Provincia de Buenos Aires es en La Plata (calle 8 e/ 50 y 51 N° 925)-, con su documento y el troquel. Por otro lado, si el elector concurrió a votar pero le entregaron un troquel que corresponde a otra persona, también puede efectuar el reclamo por internet o acercarse a la Secretaría Electoral.

¿Qué consecuencias tiene ser infractor? Según explicaron desde la Justicia Electoral, “mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, los infractores no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año”.

Existen dos vías principales de pago de las multas: a través del Banco Nación o centros de pago o por otros medios como tarjeta de crédito, débito, transferencia bancaria o cuenta virtual.

Quienes opten por pagar la multa a través del Banco Nación o centros de pago, deberán imprimir la boleta de pago que podrán descargar de internet y concurrir personalmente a una sucursal para abonar en efectivo el monto de la multa. En el caso de optar por otros medios de pago, el infractor deberá seleccionar el medio por el cual desea abonar la multa (tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria o cuenta virtual) y seguir el procedimiento indicado en la misma web.

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10/08/2019