Viernes 26 de abril | Mar del Plata
24/11/2014

Fertilización: no les cubren el tratamiento e irán a la Justicia

A pesar que existe una ley nacional y otra provincial que ordena a las prepagas hacerse cargo de los costos, OSDE se niega a cumplir. Mientras, una pareja de la ciudad aguarda para poder cumplir su deseo.

Fertilización: no les cubren el tratamiento e irán a la Justicia
(Foto: Lucho Gargiulo)

Aunque la Ley de Fertilización Asistida entró en vigencia en 2010 en toda la provincia de Buenos Aires, y en 2013 en todo el país, pareciera que aún hoy lograr acceder a un tratamiento de fertilización homóloga, tal y como especifica la norma, dista de ser una realidad, para muchos. Y ese es el caso de Javier García, quien junto su mujer está luchando para que OSDE se haga cargo de los gastos que implica una práctica de alta complejidad de este tipo. Por eso, decidieron presentar un recurso de amparo con el objetivo de que la prepaga cumpla con la ley.

Según relató a QUÉ Javier García, su mujer y él tuvieron, la semana pasada, una reunión con el personal de la empresa de medicina en la cual hubo un compromiso de “rever el caso”, luego de varias presentaciones. “Ellos nos cubren los estudios médicos, pero no el procedimiento en sí. El tema es que como mi mujer tiene otra obra social, Thema Red Médica, nos dijeron que al tener los dos coberturas deberían ir 50 y 50″, explicó el joven, que aseguró que la obra social de la ciudad no tuvo inconvenientes, pero que el problema es con OSDE.

En ese sentido, García detalló que cuando se dirigieron a la empresa a solicitar lo mismo, les dijeron que no se iban a hacer cargo del 50% del tratamiento ya que la ley es “poco clara” y contiene”muchos grises”, en relación a la norma 26. 862.

Según precisaron, el inconveniente se da en que los ellos necesitan de un banco de óvulos con sede en Capital Federal – por las demoras en el único centro que hay en la ciudad- pero la prepaga aduce que el mismo no se encuentra inscripto en el el Registro Federal de Establecimientos de Salud (Refes), algo que según la ley es requisito  “cuando en los tratamientos de fertilización de alta complejidad se utilizan gametos de donante”. Sin embargo, el banco sí está en regla y, además, ese no es el tema de fondo, ya que la pareja no está interesada en la biopreservación sino simplemente en la fertilización.

La mujer de Javier García fue diagnosticada a sus 21 años de falla ovárica precoz, lo que significa que no puede producir sus propios óvulos. A raíz de eso, en el año 2012 la pareja decidió iniciar un tratamiento de fertilidad de alta complejidad con ovodonación, del cual se hicieron cargo, ya que dadas las características del caso, no estaban dentro de los parámetros que marcaba la ley.

Por eso, y tras la reforma de la norma nacional, a través del decreto 956, tanto Javier como su esposa se dieron cuenta de que finalmente podían acudir a ella, ya que se modificó la edad mínima para iniciar el tratamiento y además se comenzó a contemplar también la ovodonación.

¿QUÉ DICEN LAS LEYES?

  • La Ley provincial 14.208 de Fertilización Asistida fue sancionada en 2010 y abarca todo el territorio bonaerense. Tiene como objeto reconocer la infertilidad humana como enfermedad, de acuerdo a los criterios internacionales sustentados por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Asimismo reconoce la cobertura médico asistencial integral de las prácticas médicas a través de las técnicas de fertilización homóloga reconocidas por dicha Organización, conforme lo normado en la presente y su reglamentación.  En su artículo sexto se aclara, puntualmente, que tanto las obras sociales y de medicina prepaga deben adaptarse a esta norma y brindar la “cobertura médico-asistencial integral”. Luego, en 2014, se incorporaron algunas modificaciones – tras la sanción de la ley nacional- y se resolvió la suspensión de las restricciones de edad para los tratamientos y la incorporación de la donación de óvulos y espermatozoides para la fecundación in vitro, en caso de ser necesario.
  • En cuanto a la Ley nacional 26.862 de Fertilización Asistida, sancionada en 2013 y con competencia en todo el país, la misma garantiza “el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida”. La norma establece que tienen derecho a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin discriminación o exclusión de acuerdo a su orientación sexual o estado civil. Además, plantea que el sector público de la salud, las obras sociales reguladas y otras entidades de la seguridad social incorporarán como prestaciones obligatorias y brindarán a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral de las técnicas de reproducción médicamente asistida.

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24/11/2014