Domingo 28 de abril | Mar del Plata
23/07/2019

Obras de asfalto: qué es el “sistema de contribución por mejoras”

Está vigente por ordenanza desde 2009 y dispone que los vecinos de la cuadra donde se realizan las tareas paguen el costo con posibilidad de establecer planes de pago de hasta 24 o 48 meses, según los casos.

Obras de asfalto: qué es el “sistema de contribución por mejoras”
(Fotos: archivo / prensa MGP)

“Estamos cumpliendo con lo que otras gestiones habían cobrado y no habían hecho“. La frase pertenece al intendente Carlos Arroyo y la pronunció esta semana, pero en el mismo sentido se expresó en diversas oportunidades desde el inicio de su mandato al recorrer la realización de obras que implican la llegada de asfalto a distintos barrios. La frase del intendente se refiere a obras comprendidas dentro del “Sistema de Contribución por Mejoras“, que rige en la ciudad desde 2009 a partir de una ordenanza y que implica, concretamente, que los vecinos de la cuadra donde se realizan las tareas de asfalto o de cordón cunera paguen el costo de los trabajos.

El sistema fue puesto en marcha en esta gestión municipal el año pasado tras la advertencia de , previamente en el inicio del mandato, haber “encontrado 59 cuadras pagadas y que nunca se ejecutaron”. Y esta semana en el marco de una recorrida por tres cuadras finalizadas del barrio La Florida desde el gobierno municipal a través del Ente de Vidalidad  (Emvial) explicaron cómo se lleva a cabo y se implementa el sistema por medio del cual los vecinos consiguen -a través del pago de la obra- que algunas de tantas cuadras sin asfalto o cordón cuneta de la ciudad empiecen a tenerlos.

Fue el vicepresidente el Emvial, Mariano Bowden, quien explicó los alcances del Sistema de Contribución por Mejoras como método utilizado para la financiación de obras que, generalmente, implica en cada caso particular la llegada de asfalto a unas pocas cuadras, teniendo en cuenta el nivel de inversión requerido. “Los vecinos aportan una parte del costo y el resto lo financia el Municipio. Los vecinos hicieron el esfuerzo de aportar para la obra, el Municipio cumplió y el progreso ya es una realidad”, sostuvo el funcionario en referencia al programa y al avance de la obra en el barrio La Florida.

Fotos MGP - Recorrida obra de asfalto barrio La Florida (2)

“Como estamos al día, a medida que va llegando la finalización de un registro abrimos otro. En el caso del barrio Zacagnini, por ejemplo, una vez que los vecinos vieron que cumplíamos, se debió volver a abrir el registro para más cuadras”, sumó el funcionario. De la misma manera, indicó que así se trabajó también en Punta Mogotes y Colinas de Peralta Ramos, dos barrios en donde también se realizaron tareas.

Por último, el vicepresidente de Vialidad aclaró que las obras en el marco de este programa “son solo posibles en los barrios que cuentan con factibilidad hidráulica, es decir, cloacas y pluviales”. Y sobre el procedimiento por medio del cual se ejecuta el programa, informó: “Se abre el registro de oposición en los diarios de tirada local por un plazo de 30 días, ya que algún vecino puede estar en desacuerdo, y si nadie se opone, inician las obras una vez que los vecinos de la cuadra completan un porcentaje del valor de la obra”.

 LA ORDENANZA QUE PUSO EN MARCHA EL PROGRAMA 

El programa se puso en marcha en Mar del Plata con la aprobación y promulgación de una ordenanza en marzo de 2009. Esa norma declaró “de utilidad pública las obras de pavimentación y repavimentación de las calzadas y las obras de iluminación de aceras y calzadas en todo el Partido de General Pueyrredon y obligatorio el pago de las contribuciones por mejoras que generen las mismas a los propietarios o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiarios”.

Asimismo, la ordenanza estableció que “previamente a la contratación de una obra se abrirá un registro de oposición a través del cual se hará conocer a los vecinos beneficiarios las condiciones generales del desarrollo de los trabajos públicos: lugar de emplazamiento, presupuesto oficial, plazo de ejecución, modalidad de prorrateo, formas de pago, lugar, horario, plazos y condiciones para suscribir el mismo”. Asimismo, puntualizó que “dicho registro no podrá exceder las 20 cuadras o, tratándose de obras que abarquen un sector amanzanado completo, las 20 manzanas, a efectos de posibilitar al vecino la efectivización de su oposición”.

Además, fijó que “en el caso de que las oposiciones no superaran el 30% de los inmuebles edificados se procederá a la continuidad del proceso”.

Por otro lado, en torno a las formas de pago, ordenanza estableció que “las contribuciones serán exigibles una vez efectuada la recepción provisoria de las obras, pudiéndose pactar con los vecinos del sector sistemas de financiamiento que permitan el cumplimiento de los aportes así como también la opción de pago contado”. Y puntualizó que los planes de pago podrán ser de 3 hasta 24 meses sin costo financiero, en tanto que en el caso en que se realicen en forma simultánea obras de asfalto y cordón cuneta, los planes podrán extenderse hasta 48 meses con un interés del 1% sobre saldos, a partir de la cuota 25.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

23/07/2019