Viernes 17 de mayo | Mar del Plata
18/03/2019

Una cava como basural: sentencia contra la 9 de Julio y el Municipio

El Juzgado Civil y Comercial N°6 falló en el marco de un amparo a favor del reclamo de los vecinos de los barrios 2 de Abril y El Retazo.

Una cava como basural: sentencia contra la 9 de Julio y el Municipio

En pleno verano de 2018, vecinos y vecinas de los barrios 2 de Abril y El Retazo comenzaron a denunciar -e incluso decidieron presentar un recurso de amparo a través de la organización MAR- que la empresa 9 de Julio arrojaba basura en una cava que se encuentra entre ambos barrios y que hace 20 años sirve para contener agua de las lluvias. Ahora, un año después, la Justicia falló a favor de los vecinos, ordenó el cese definitivo de la acción y, en caso de incumplimientos, fijó sanciones económicas diarias tanto a la empresa y como al Municipio.

Luego de las denuncias públicas y audiencias de conciliación en el Juzgado Civil y Comercial N°6, sin soluciones por parte de la Municipalidad ni de la empresa 9 de Julio, el conflicto terminó desencadenando en una sentencia en el marco del amparo colectivo impulsado por vecinos y vecinas de los barrios 2 de abril y El Retazo.

De esta manera, la resolución de la jueza Gabriela De Sábato condenó a la Municipalidad de General Pueyrredon, al Ente Municipalidad de Servicios Urbanos (Emsur) y a la empresa 9 de Julio a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar el “cese definitivo de toda la actividad relativa a la disposición de cualquier tipo de residuos dentro de la cava y alrededores. Como así también a “la limpieza íntegra del interior de la cava, sus alrededores y el camino que conecta los barrios y la prevención de nuevos basurales a futuro, colocando carteles con tales fines”.

Tal como señala la resolución, los condenados tienen un plazo de 30 días para ejecutar la orden judicial una vez que la sentencia quede firme. Y, en caso de incumplimiento, estipula se aplicará una sanción económica de $10.000 de carácter diario a los entes públicos, sus directivos, y a los de la empresa de transporte 9 de Julio, al considerar que la “contaminación del ambiente incide en la salud pública”.

El fallo destaca la importancia del derecho a un medio ambiente sano consagrado en la Constitución, entendiendo a este derecho como un derecho individual y colectivo de todos los habitantes, y subrayar el deber de sus ciudadanos. En este marco, según señalaron desde la organización MAR, plantea que contaminación generada por el basural creada en la Cava del camino El Retazo “es una acción que supera un límite después del cual el medio no es capaz de restablecer su equilibrio por sí mismo”, exigiendo en consecuencia, la recomposición del daño ambiental.

Por último, desde MAR celebran el dictado de esta sentencia. “Este tipo de decisiones revalida el rol de la Justicia como garante de los derechos de las personas frente a irregularidades cometidas por prestadores de servicios públicos y la inacción estatal”, señalaron. A su vez remarcaron que el fallo genera un precedente para casos futuros, poniendo la preservación del medioambiente y a calidad de vida, frente a una política de gestión de residuos en crisis.

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18/03/2019