Viernes 26 de abril | Mar del Plata
22/03/2018

Ordenan volver a detener a uno de los dueños de Madaho’s

Lo resolvió la Cámara de Casación contra Mario Sasiain, procesado como autor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual.

Ordenan volver a detener a uno de los dueños de Madaho’s
(Foto: archivo/QUÉ Digital)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos- hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal general y revocó la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones que había concedido la exención de prisión en favor de Mario Sasiain, uno de los dueños del prostíbulo Madaho’s imputado por trata de personas. La justicia ya dispuso su inmediata detención.

Sasiain había sido procesado como autor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, agravado por el abuso de situación de vulnerabilidad, por ser cometido contra más de tres víctimas, por la participación de tres o más personas y por haber logrado la explotación, en concurso aparente con la comisión del delito de explotación de la prostitución ajena agravado por el abuso de vulnerabilidad, reiterado en diecisiete casos.

Estuvo prófugo de la Justicia durante casi tres meses, luego de los allanamientos realizados el 19 de septiembre de 2014, día en que fue clausurado el local, situado en Alem 4285.

En la resolución comunicada horas después de que el juez Jorge Ferro, integrante de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, presentara su renuncia ante el gobierno nacional, se hizo hincapié en que, en los delitos en los que se ve involucrada la trata de personas, la especial situación de sometimiento en la que se encuentran las víctimas de dichas maniobras frente a su agresor, merece una especial atención por parte de la justicia para evitar también que peligre el correcto desarrollo del proceso.

Y se resaltó también la obligación asumida por el Estado de tomar todas las medidas apropiadas para “suprimir todas las formas de trata de mujeres y de explotación de la prostitución”, conforme lo establecido en el artículo 6 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

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22/03/2018