Lunes 06 de mayo | Mar del Plata
10/02/2022

Revocan la prisión domiciliaria del hombre detenido por abusar de su bisnieta

El implicado fue detenido el jueves pasado acusado de haber abusado de la menor en la casa en la que cumplía arresto domiciliario desde septiembre por un delito similar.

Revocan la prisión domiciliaria del hombre detenido por abusar de su bisnieta

Cuando el jueves pasado la Policía Bonaerense detuvo a un hombre de 63 años años acusado de haber abusado sexualmente de su bisnieta de tres meses uno de los datos que emergió rápidamente entre los investigadores era que en esa casa el imputado cumplía prisión domiciliaria por una causa previa, también por abuso sexual. Esa causa es la que en junio del año pasado resolvió la Justicia Federal de Mar del Plata con un juicio abreviado en el que condenó al hombre a seis años de prisión por engañar, violar y retener contra su voluntad a una joven de 18 años que se encontraba en una grave situación de vulnerabilidad. En las últimas horas, mientras sigue detenido en la Unidad Penal de Batán, el Tribunal Oral Federal dispuso formalmente revocar esa prisión domiciliaria aunque en los hechos ya no estaba en cumplimiento ante el surgimiento de la nueva acusación y detención.

La condena contra el hombre fue dictada en junio del año pasado por el juez del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata Nicolás Toselli aunque en realidad partió de un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la defensa del acusado y el fiscal Juan Manuel Pettigiani, que dispuso aplicar el mínimo de las escalas penales respectivas y cambiar la calificación -en el marco de las diferencias de criterios entre las fiscalías federales de instrucción y de juicio- ya que la causa se había investigado bajo un delito más grave como es el de trata de personas.

En concreto, el juez Toselli al homologar el juicio abreviado condenó al hombre -cuyos datos no se difunden para evitar cualquier asociación e identificación de las víctimas- como autor de los delitos de reducción a la servidumbre y abuso sexual agravado a la pena de seis años de prisión. En ese fallo también fue condenada la hija del hombre como partícipe secundaria del delito de reducción a la servidumbre a dos años de prisión en suspenso, es decir, sin ir a prisión.

Tras esa condena, en septiembre del año pasado el Tribunal Federal, con el visto bueno de la fiscalía, había otorgado la prisión domiciliaria al hombre con el contralor de la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica ante un cuadro de cardiopatía severa, diagnosticado por el Hospital Penitenciario Central I de Ezeiza como deterioro de una patología de base. En ese momento, también se tuvo en cuenta “las reiteradas dilaciones por parte del penal de alojamiento en la gestión de turnos en nosocomios extramuros, con motivo de otorgar la debida asistencia médica”.

El jueves pasado, a menos de cinco meses de otorgada la prisión domiciliaria, el hombre fue nuevamente detenido, ahora por una investigación a cargo de la fiscal Florencia Salas y con intervención del Juzgado de Garantías N° 1, acusado de haber abusado sexualmente de su bisnieta de tres meses, que había llegado a su casa junto a su madre de vacaciones. Desde ese momento, el imputado quedó detenido en la Unidad Penal de Batán bajo la nueva acusación de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.

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A partir de esa nueva situación, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, a cargo del juez Fernando Machado Pelloni, en las últimas horas volvió a tomar intervención en la ejecución de la pena impuesta el año pasado a partir de una notificación enviada por la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica que dio cuenta que el jueves pasado alrededor de las 16 se generó un alerta del sistema de monitoreo por encontrarse “fuera de rango”: era el momento en que la Policía Bonaerense se lo llevaba detenido. También la situación fue informada al Tribunal por la Fiscalía N°1 con intervención en la nueva causa.

En ese contexto, la fiscalía federal dictaminó que debía revocarse el régimen de prisión domiciliaria dispuesto en la causa previa, en tanto que la defensa oficial se opuso al sostener que el hombre no había incumplido el régimen de la prisión domiciliaria ni pesaba sobre él una nueva condena firme.

El juez Machado Pelloni descartó la postura de la defensa al sostener que el régimen de la prisión domiciliaria “siempre debe estar sujeto al control de legalidad sustantiva y adjetiva” y que el acusado “debe cumplir con la totalidad de las pautas impuestas” como una de “carácter fundamental” como es “no tener inconvenientes con la ley penal”. “Es el propio imputado que con su inconducta se puso en una situación de no poder cumplir con las pautas compromisorias impuestas al otorgársele el régimen de prisión domiciliaria”, afirmó.

De esta manera, el juez dispuso además de revocarle la prisión domiciliaria en el marco de esa causa, requerir al Juzgado de Garantías Nº1 y a la Alcaidía Penal de Batán que comuniquen cualquier resolución en función del acusado también al Tribunal para que, llegado el caso, deba volver a permanecer detenido en una cárcel federal.

ENGAÑO, ABUSOS Y AMENAZAS

La causa que derivó en su condena el año pasado a seis años de prisión implicó un calvario para una joven de 18 años que se extendió durante nueve meses, entre mayo y diciembre de 2017, hasta que finalmente pudo ser rescatada de la casa en la que permaneció retenida contra su voluntad y amenazada.

El caso partió de un engaño al que fue sometida la víctima mientras concurría a la escuela con la hija del hombre. Según se desprende de la sentencia publicada en su momento por Qué digital, por entonces la víctima se encontraba alojada en un hogar para niños y adolescentes en riesgo dependiente de la Municipalidad y en una “evidente situación de vulnerabilidad, con antecedentes de abusos intrafamiliares e institucionalización en diversos hogares para menores desde sus 11 años”. “A los fines de lograr la captación y sometimiento, los imputados se abusaron de dichas circunstancias”, afirmó la sentencia.

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De acuerdo a la investigación, todo se inició en mayo de 2017 cuando la víctima fue invitada por la joven -ya que iban juntas a la escuela- a vivir a su casa para que dejara el hogar donde se encontraba alojada, tras haber llegado desde otra institución de la ciudad de La Plata.

Los investigadores lograron acreditar que una vez alojada en la casa, el hombre le prohibió salir de la vivienda e incluso de la habitación donde estaba confinada -y en la que tenía que dormir con él- para lo cual la amenazaba de muerte en caso de avisarle a alguien si intentaba irse de allí o no le obedecía. También le retuvo su DNI, así como el dinero que debía cobrar en su condición de beneficiaria del Plan Progresar y la obligó a realizar la limpieza de su vivienda.

Fue en ese contexto, según expone la causa, que el hombre además la violó en forma reiterada y la “ofreció” con el mismo fin a otras personas que concurrían a su casa.

La víctima -que al momento de la sentencia permanecía internada con tratamiento psicológico, médico y psiquiátrico- fue rescatada el 14 de diciembre de 2017 por efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) con los que había acordado un encuentro a través de Facebook en el marco de una investigación que había iniciado la Fiscalía Federal de Mar del Plata.

 

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