Sábado 27 de abril | Mar del Plata
06/12/2021

Femicidio de Analía Núñez: la Corte confirmó la condena a perpetua contra Espíndola

El hombre fue condenado en 2018 en Mar del Plata por haber matado a su pareja y haber intentado hacer pasar el crimen como un suicidio.

Femicidio de Analía Núñez: la Corte confirmó la condena a perpetua contra Espíndola
(Fotos: archivo / Qué digital)

La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó la condena a prisión perpetua que le fue impuesta en 2018 a Lucas Espíndola, el hombre que en abril de 2017 ahorcó y mató a su pareja, Analía Núñez de 38 años, y luego intentó hacer pasar el hecho como un suicidio. La defensa consideró que no había sido valorada correctamente la prueba en función de los hipótesis del suicidio, algo que fue descartado por la Corte, tal como previamente también había hecho el Tribunal de Casación.

El hecho ocurrió el 27 de abril de 2017 en una vivienda del barrio Libertad, en Bolivia al 500. Inicialmente, la policía llegó al lugar luego de que el joven requiriera la presencia de efectivos tras asegurar que había hallado ahorcada a su pareja adentro de la vivienda, por lo que inicialmente se presumió que se trataba de un suicidio.

Sin embargo, cuando los peritos realizaron la inspección del cuerpo, surgieron dudas respecto a la mecánica del hecho. Y luego las distintas pericias dieron cuenta que se había tratado de un homicidio: Espíndola la tomó del cuerpo, le colocó una soga en el cuello y le provocó la muerte por ahorcamiento, según la acusación fiscal.

El juicio se realizó en noviembre de 2018 y en él el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 -con los jueces Mariani Irianni, Juan Manuel Sueyro y Ana Fernández- condenó a Espíndola a la pena máxima de prisión perpetua bajo la calificación homicidio agravado por existir una relación de pareja y por haber mediado violencia de género.

Leer también:

Contra esa decisión, la defensa oficial recurrió al Tribunal de Casación, que en junio de 2020 a través de la sala V rechazó el recurso y confirmó la sentencia. Y finalmente interpuso un recurso extraordinario para que el caso fuera analizado por la Suprema Corte.

De esta manera, hace algunas semanas el máximo tribunal bonaerense analizó el caso y respaldó tanto el fallo del TOC N°3 como el de Casación, por lo que rechazó el recurso y confirmó la sentencia.

El defensor oficial adjunto, Daniel Sureda, consideró que los jueces de Casación no habían analizado sus planteos y que se habían limitado a reproducir los argumentos del Tribunal del juicio al considerar la existencia de un “insuficiente conjunto de elementos probatorios que impiden afirmar la certeza requerida para un pronunciamiento de condena”.

Uno de los puntos en los que se centró el recurso tuvo que ver con una carta que había escrito previo al hecho la víctima.”El cúmulo de pruebas ponderadas permite razonablemente descartar, más allá de lo expuesto en la carta por parte de la víctima, la cual admite muchas explicaciones, que la misma se haya suicidado, pues el contenido de la misiva no logra desacreditar la prueba de cargo analizada”, había afirmado Casación y eso mismo entendió la Corte.

Para los jueces Sergio Torres, Daniel Soria, Hilda Kogan y Luis Esteban Genoud, el defensor “se desentiende de los argumentos brindados por el Tribunal de Casación exponiendo una opinión personal mediante conceptos genéricos y dogmáticos contrarios a lo resuelto, sin lograr evidenciar con ello la violación de las garantías constitucionales invocadas”. Y consideraron que “solo ha señalado su opinión diversa y argumentado sobre interpretaciones alternativas de la prueba -reiteró la hipótesis de un suicidio-, pero con ello no ha logrado demostrar el vicio de la arbitrariedad que le endilga a la sentencia recurrida, ni ha logrado descartar la respuesta brindada por el Tribunal de Casación frente a análogo reclamo”.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

06/12/2021