Viernes 03 de mayo | Mar del Plata
12/07/2016

Caso Tito Arriagada: cuatro años y medio de prisión para Mansilla

El Tribunal Oral N° 2 condenó por homicidio preterintencional al joven que golpeó al herrero luego de que atropellara accidentalmente a un perro en 2014. Seguirá en libertad en tanto la condena quede firme.

Caso Tito Arriagada: cuatro años y medio de prisión para Mansilla
(Foto: QUÉ Digital)

Martín Mansilla fue condenado a cuatro años y medio de prisión bajo la calificación de “homicidio preterintencional” o “lesiones seguidas de muerte” por haber provocado la muerte de Francisco Tito Arriagada, quien en agosto de 2014 fue golpeado por el joven tras haber atropellado a un perro accidentalmente sobre la avenida Tejedor.

De esta manera, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 falló en sintonía con la calificación que había solicitado defensa, y en contra del pedido de la fiscalía, que apostaba a una condena por “homicidio simple”. Además, fue denegado el pedido de detención inmediata, por lo que Mansilla continuará en libertad en tanto la condena quede firme.

Con la agresión de Mansilla acreditada, el juicio por la muerte de Arriagada giró en torno a la intención o no que tuvo el acusado de provocar la muerte. Y en ese sentido, los jueces Alexis Simaz, Néstor Conti y Roberto Falcone determinaron en su fallo que “el imputado no tuvo intención de causar la muerte” y que existió “culpa o imprudencia pero no dolo”.

En cuanto a la agresión de Mansilla, el Tribunal entendió que se trató de un “preciso y artero golpe de puño desde atrás sin que la víctima pudiera percibirlo”, pero reparó en que no quedó “ninguna duda” que la muerte se produjo por el fuerte golpe que dio la cabeza de Arriagada contra un cantero de la avenida al caer desvanecido a partir de la trompada.

JUICIO TITO ARRIAGADA MANSILLA  (6) TOC 2

Por otro lado, los jueces puntualizaron que todas las lesiones que sufrió Arriagada eran graves y no la rotura del maxilar por sí misma. Además, señalaron que -tal como lo denunció la familia desde un primer momento- la atención en el Hospital Interzonal “no fue en el tiempo deseable y recomendable”.

De esta manera, el juez Conti -con el acompañamiento de Simaz y Falcone- indicó que “resulta arriesgado considerar que el acusado haya tenido un propósito homicida”, tal como entendió la fiscalía. Asimismo, sumó que Mansilla “no pudo haber previsto” la manera en que caería la víctima tras el golpe. Y, por otro lado, destacó que teniendo en cuenta el conocimiento del acusado en los deportes de combates si hubiera tenido la intención de matar “hubiera aplicado otro tipo de golpe”.

Así, en la sentencia que lo condenó a cuatro años y medio de prisión  por “homicidio preterintencional” o “lesiones seguidas de muerte” los magistrados denegaron el pedido de detención inmediata del acusado, por lo que Mansilla continuará en libertad en tanto la condena quede firme. La familia de la víctima adelantó que apelará la decisión y lo propio hará la defensa, representada por César Sivo, que intentará bajar la calificación a “lesiones”.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , ,

12/07/2016